BOLETIN OFICIAL Nº 100 – 27/08/2025

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-

ORDENANZA N° 356/2025.-

REF. “CAMPAÑA MUNICIPAL DE DIFUSIÓN Y CONCIENTIZACIÓN CONTRA EL ABANDONO DE PERROS EN LA VÍA PÚBLICA”. (EXPTE. 179-CD-2025 Iniciado por los concejales López Amanda y López Marcelo).

VISTO Y CONSIDERANDO;

La problemática creciente del abandono de perros en la vía pública en distintas zonas del municipio de Puesto Viejo; y

Que, el 21 de julio se conmemora el Día Mundial del Perro, fecha que invita a reflexionar sobre el vínculo humano-animal, la tenencia responsable de mascotas y los derechos de los animales no humanos.

Que, el abandono de perros en la vía pública no solo constituye un acto de maltrato y crueldad hacia los animales, sino que también genera graves consecuencias sanitarias, ambientales y sociales, afectando la convivencia comunitaria.

Que, muchos de estos animales terminan en situación de calle, expuestos al hambre, enfermedades, accidentes, maltrato y reproducción descontrolada, lo que deriva en la formación de jaurías o en conflictos entre vecinos.

Que, la Ley Nacional N.º 14.346 de protección animal establece sanciones ante actos de maltrato y abandono, y que el municipio tiene facultades para legislar acciones de prevención, concientización y control sobre esta problemática.

Que, es deber del Estado municipal promover una cultura ciudadana basada en la empatía, la responsabilidad y el respeto por toda forma de vida, fomentando valores de cuidado, tenencia responsable y no abandono.

Que, en este sentido resulta prioritario implementar campañas comunicacionales, educativas y comunitarias sostenidas en el tiempo, para revertir conductas normalizadas y fortalecer la corresponsabilidad social en el cuidado de los animales.

Por Ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo la Campaña Municipal de Difusión y Concientización contra el Abandono de Perros en la Vía Pública, a realizarse de manera permanente y con especial énfasis durante el mes de julio de cada año, en el marco del Día Mundial del Perro, que se conmemora cada 21 de julio.

Artículo 2º-. Es objetivo general de la presente campaña: Promover la tenencia responsable de mascotas y erradicar el abandono de perros en la vía pública, a través de acciones de concientización, educación y participación comunitaria.

Artículo 3º-. Son Objetivos Específicos del presente programa:

  • Sensibilizar a la comunidad sobre las consecuencias del abandono animal.
  • Fomentar la adopción responsable de perros sin hogar.
  • Informar sobre las obligaciones legales y éticas de los tutores de animales.
  • Promover el respeto, el cuidado y el bienestar animal como parte de la convivencia ciudadana.
  • Generar campañas educativas permanentes en instituciones educativas, plazas y redes sociales.
  • Reforzar la articulación con áreas municipales, organizaciones proteccionistas y vecinos en general.

Artículo 4º-. Será autoridad de aplicación el Área de Zoonosis de la Municipalidad de Puesto Viejo, la cual tendrá a su cargo la planificación, coordinación y ejecución de las acciones previstas en la presente ordenanza.

Artículo 5º-. La autoridad de aplicación deberá realizar las siguientes actividades en el marco de la campaña:

  • Elaborar y difundir material gráfico, audiovisual y digital con mensajes educativos contra el abandono.
  • Desarrollar charlas, talleres o intervenciones educativas en escuelas, centros vecinales y espacios públicos.
  • Realizar jornadas de vacunación, desparasitación y castración gratuita o a bajo costo.
  • Generar acciones específicas de difusión cada 21 de julio, en conmemoración del Día Mundial del Perro.
  • Promover convenios con organizaciones proteccionistas para la asistencia, cuidado y adopción de animales abandonados.
  • Instalar cartelería o señalética en espacios públicos con mensajes contra el abandono animal.
  • Impulsar la creación de un padrón de “hogares transitorios” o voluntarios comunitarios para la contención de perros abandonados.

Artículo 6º-. DE FORMA. –

SALA DE SESIONES, 07 DE AGOSTO DE 2025.-

 

Lic. María Amanda López

Presidente