BOLETIN OFICIAL Nº 100 – 27/08/2025
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA N° 355/2025.-
REF. “PROGRAMA MUNICIPAL DE DIFUSIÓN Y CONCIENTIZACIÓN SOBRE LA EHRLICHIOSIS CANINA” (EXPTE. 178-CD-2025 Iniciado por los concejales López Amanda y López Marcelo).
VISTO Y CONSIDERANDO;
La necesidad de implementar políticas sanitarias preventivas ante el avance de enfermedades zoonóticas que afectan tanto a animales como a personas, en particular la Ehrlichiosis canina, y
Que, la Ehrlichiosis es una enfermedad infecciosa transmitida por garrapatas, provocada por bacterias del género Ehrlichia, la cual afecta principalmente a los perros, aunque también puede tener consecuencias en la salud humana, constituyéndose en una zoonosis de importancia.
Que, esta patología, si bien prevenible, presenta alta incidencia en diversas regiones del país, especialmente en zonas con climas templados y subtropicales como el de nuestra provincia, siendo necesario reforzar el conocimiento de la comunidad sobre sus formas de contagio, prevención, detección temprana y tratamiento adecuado.
Que, la Ehrlichiosis canina no solo representa un problema para el bienestar de los animales domésticos, sino también un riesgo para la salud pública, dado que las garrapatas actúan como vectores que pueden transmitir múltiples enfermedades tanto a animales como a humanos.
Que, la falta de información adecuada sobre esta enfermedad en la población general contribuye a su propagación, al tratamiento tardío y a complicaciones graves en la salud de los animales, lo cual genera además un importante costo emocional y económico para las familias.
Que, resulta indispensable que el Estado Municipal, a través de sus áreas competentes, adopte una postura activa en la promoción del conocimiento y la prevención de esta enfermedad, desarrollando campañas informativas, charlas, jornadas de atención veterinaria y acciones comunitarias sostenidas.
Que, el presente programa se enmarca dentro de un enfoque integral de salud pública que comprende el vínculo estrecho entre la salud animal, humana y ambiental, en consonancia con el paradigma de “Una Sola Salud” (One Health), promovido por organismos internacionales como la OMS y la OPS.
Que, el Municipio de Puesto Viejo, a través del Área de Zoonosis, ha demostrado capacidad operativa y compromiso para llevar adelante políticas sanitarias, educativas y de control poblacional de animales, por lo cual corresponde asignarle la responsabilidad de implementar esta política local específica.
Por Ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el “Programa Municipal de Difusión y Concientización sobre la Ehrlichiosis Canina”, con el objetivo de informar, prevenir y reducir la propagación de esta enfermedad zoonótica en el municipio.
Artículo 2º-. Es objetivo general del presente programa: Promover la concientización y el conocimiento de la población sobre la Ehrlichiosis, sus formas de transmisión, síntomas, tratamiento y prevención, a fin de proteger la salud animal y humana.
Artículo 3º-. Son Objetivos Específicos del presente programa:
- Informar a la comunidad sobre la enfermedad, sus riesgos y consecuencias.
- Fomentar la detección temprana mediante campañas veterinarias y asesoramiento gratuito.
- Promover prácticas responsables en el cuidado de animales domésticos, especialmente perros.
- Incentivar el uso de métodos preventivos como collares antiparasitarios, baños sanitarios y controles periódicos.
- Desarrollar actividades escolares y comunitarias para educar desde edades tempranas sobre la tenencia responsable y prevención de enfermedades zoonóticas.
Artículo 4º-. Será autoridad de aplicación del presente Programa al Área de Zoonosis de la Municipalidad de Puesto Viejo, la cual tendrá a su cargo la planificación, coordinación y ejecución de las acciones previstas en la presente ordenanza.
Artículo 5º-. La autoridad de aplicación tendrá a su cargo las siguientes tareas para el cumplimiento del presente programa:
- Diseñar y ejecutar campañas de difusión a través de medios gráficos, digitales y redes sociales, utilizando lenguaje claro y accesible.
- Realizar charlas informativas en instituciones educativas, centros vecinales y espacios públicos.
- Promover la colocación de carteles informativos en espacios públicos estratégicos (plazas, centros de salud, edificios públicos).
- Articular con veterinarios, instituciones educativas, organizaciones proteccionistas y otros actores sociales para el cumplimiento de los objetivos del programa.
- Llevar un registro de las actividades realizadas y elaborar informes periódicos sobre su implementación y resultados.
Artículo 6º-. DE FORMA. –
SALA DE SESIONES, 07 DE AGOSTO DE 2025.-
Lic. María Amanda López
Presidente