BOLETIN OFICIAL Nº 99 – 25/08/2025
DECRETO Nº 3585-E/2025.-
EXPTE. Nº 1050-1271/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 AGO. 2025.-
VISTO:
El Convenio Marco de Cooperación celebrado entre el Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Misiones, el día 05 de noviembre de 2024; y
CONSIDERANDO:
Que, obra en autos el citado Convenio cuyo objeto es establecer compromisos mutuos y recíprocos tendientes a desarrollar un plan de trabajo en conjunto, con el fin de intercambiar y ejecutar acciones de coordinación destinadas a optimizar el cumplimiento de las misiones y funciones a su cargo.
Que, ambos Ministerios, acuerdan cooperar con el desarrollo de actividades conjuntas que incluyan, capacitación, asistencia técnica, elaboración de planes, programas y proyectos que fortalezcan institucionalmente a ambas partes.
Que, el Convenio Marco entrará en vigencia, a partir de su suscripción y permanecerá en plena vigencia hasta el cumplimiento total de los compromisos asumidos en virtud del presente.
Que, el Artículo 159° inc. 7° de la Constitución de la Provincia de Jujuy, dispone que es competencia del Gobernador… “Celebrar tratados y convenios con la Nación, las provincias, los municipios, los entes públicos y privados extranjeros y los organismos internacionales, con aprobación de la Legislatura, dando cuenta de ello al Congreso de la Nación según el caso”.
Que, analógicamente, el Ministerio de Educación puede celebrar acuerdos en el ámbito de su competencia, la Ley N° 5875 “Orgánica del Poder Ejecutivo” en su Articulo 12° “… intervenir en la celebración de convenios o contratos en las materias de su competencia y con sujeción a las disposiciones constitucionales y legales”.
Que, obra dictamen de Fiscalía de Estado, el cual es compartido por el Director Provincial de Asuntos Legales, de cuyos términos se desprende que, no existiendo objeciones legales, corresponde emitir el Acto Administrativo que disponga aprobar del Convenio Marco de Cooperación celebrado entre el Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Misiones.
Por ello, y a los fines de la regularización administrativa;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Téngase por aprobado el Convenio Marco de Cooperación, celebrado entre el Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Misiones, de fecha 05 de noviembre de 2024, que en copia certificada acompaña al presente Decreto, conforme a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- Por Escribanía de Gobierno procédase a la correspondiente protocolización del Convenio que se aprueba por el presente Decreto.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR