BOLETIN OFICIAL Nº 99 – 25/08/2025
La Dra. María Del Huerto Sapag, Vocal de la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. N° C-170281/2020 caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Exp. Principal N° C-027508/2014: MAMANI LUZCUBIR JUAN JESUS c/ REUTER JOSE”; se han dictado las siguientes providencias, que en sus partes pertinentes indican: “San Salvador de Jujuy, 28 de Agosto de 2023.- 1.- Proveyendo escrito Nº 747574: Atento el estado de las presentes actuaciones y lo manifestado por la parte que representa el Dr. Luis Guillermo Gonza, dese por decaído el derecho a comparecer a Juicio a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como: Manzana: 79 o Rastrojo XX, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela s/nº, Padrón s/nº, ubicado en Calle Patricias Argentinas Nº 28 – La Quiaca – Departamento de YAVI, Provincia de Jujuy. Notifíquese por edicto. Cumplido, se procederá a designará Defensor Oficial que por turno corresponda. 2.- Atento el estado de las presentes actuaciones córrase traslado de la demanda ordinaria interpuesta Sr. José Reuter, en el domicilio denunciado y con las copias respectivas, para que la conteste dentro del término de quince días hábiles mas un día en razón de distancia, contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho para hacerlo si así no lo hiciere (art. 298 del C.P.C.). 3.- Intímese al accionado para que dentro del plazo precedentemente señalado, constituya domicilio legal dentro del radio asiento de éste tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores providencias y resoluciones – cualquiera fuere su naturaleza – por Ministerio de Ley. 4.- Notificaciones en Secretaria: Martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado… Firmado por Sapag, Ana María Del Huerto – Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial.- Firmado por Farfán, María Cecilia – Secretario de Primera Instancia.” “San Salvador de Jujuy 27 de septiembre de 2.024.- 1. Proveyendo escrito N° 1332333: Atento lo manifestado por el Dr. Luis Guillermo Gonza, notifíquese de la providencia a los herederos del Sr. REUTER JOSE y QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHOS de esta causa mediante edictos, los que deberán ser confeccionados por el letrado. 2. Téngase por cumplimentada la recaratulación proveída en fecha 5/7/24 punto 2, quedando ” PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE INMUEBLES MAMANI LUZCUBIR, JUAN JESUS c/ JOSE REUTER- HOY SUS HEREDEROS- Y/O QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO”. 3. Asimismo, líbrese oficio al Juzgado de Primera Instancia N° 1 – Secretaría 1, como se pide… Firmado por Diez Yarade, Oscar Matías – Firma habilitada”.- “San Salvador de Jujuy 26 de Junio de 2.025.- 1. Atenta al estado de autos hágase lugar a lo peticionado por el Dr. Luis Gonza, y notifíquese a los herederos del titular registral Sres. JORGE SIMEON REUTER, JOSE ARGENTINO REUTER, ERNESTINA LIDIA REUTER, NESTOR REUTER, ANGELICA REUTER, CELIA REUTER, JORGE RAUL REUTER, JOSE EMILIO REUTER, EMMA DEL VALLE REUTER, LESLIE REUTER, NAYLL REUTER, Y EDIE NESTOR REUTER y/o sus sucesores y a todos aquellos que se consideren con derechos sobre el inmueble a usucapir, identificado como: Manzana: 79 o Rastrojo XX, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela s/nº, Padrón s/nº, Inscripción de dominio Lº I- Fº 78- Aº 108, Lº II- Fº 105 Aº 236, ubicado en Calle Patricias Argentinas Nº 28- La Quiaca- Departamento de YAVI, Provincia de Jujuy, mediante edictos en el Boletín Oficial y un diario local, la exhibición de los edictos en la Municipalidad de San Salvador de Jujuy y la transmisión mediante radiodifusión local, durante treinta días.- 2.- Notificase por cedula electrónica Art. 169 CPCC.- Firmado por Sapag, Ana Maria del Huerto- Juez de la Camara en lo Civil y Comercial.- Firmado por Diez Yarade, Oscar Matías – Firma habilitada”.- Publíquese en Boletín Oficial y un diario local por un día.- Transmítase por radiodifusión y exhibase en la Municipalidad de La Quiaca- Provincia de Jujuy durante treinta días.- San Salvador de Jujuy, 30 de Julio de 2.025.-
25 AGO. LIQ. Nº 40910 $1.600,00.-