BOLETIN OFICIAL Nº 98 – 22/08/2025

ACTA DE MODIFICACION DE PERIODO ECONOMICO Y SOCIAL CLAUSULA SEPTIMA DEL CONTRATO DE SOCIEDAD DE MA&CO MONTAJES S.R.L. En la ciudad de Lib. Gral. San Martín, Departamento de Ledesma, Provincia de Jujuy, República Argentina, siendo el día 30 de Marzo de 2025, en la Sede Social de la Sociedad MA&CO MONTAJES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, CUIT 30-71509871-3, se reúnen los Socios MAXIMILIANO REY de 39 años DNI Nº 32.202.284 CUIT 20-3220284-1, Estado Civil Soltero, de nacionalidad argentina, mayor de edad, nacido el 12/11/1986 y CONRADO REY, de 32 años de edad DNI Nº 37.105.227 CUIL 20-37105227-6, Estado Civil soltero, de nacionalidad argentina, mayor de edad, nacido el 19/01/1993, ambos socios con domicilio particular en calle Jujuy Nº 236 del barrio Centro de la ciudad de Libertador General San Martín, provincia de Jujuy de la República Argentina, los cuales totalizan la representación del 100% del capital social; por lo tanto existiendo quorum suficiente para sesionar, se procede a tratar el siguiente orden del día: 1) Modificación de la Cláusula SEPTIMA del Contrato Social Original de fecha 30 de Septiembre de 2015, el cual dice que “El ejercicio ordinario de la sociedad terminara todos los años el 31 de Mayo…”, por el siguiente texto “El ejercicio ordinario de la sociedad terminara todos los años el día 31 de diciembre…”. Puesto a consideración el único punto del orden del día, el Socio Maximiliano Rey hace uso de la palabra diciendo que a la fecha del actual cierre de ejercicio la sociedad está en plena actividad operativa dentro de los Ingenios azucareros donde se presta servicios como “empresas contratadas” para realizar el trabajo de reparación y mantenimiento de las máquinas y equipos de producción de Azúcar y otros productos que por lo general empieza en Junio de cada Año. De allí que si no cambiamos la actual fecha de Cierre de Ejercicio seguirán produciéndose asimetrías en la interpretación y análisis de los Estados Contables de nuestra empresa. Acto seguido toma uso de la palabra el socio CONRADO REY quien manifiesta que la fecha de cierre más razonable sería el 31 de diciembre de cada año. De esta manera el Costo de Producción será más parecido al Costo de Ventas y el Resultado del Ejercicio más justo tanto para la Sociedad, como para los fiscos Provinciales y Nacionales, y en donde los Socios, Inversionistas y Prestamistas en general tendrán más confianza y claridad en la Información que le genera el Empresa. Posteriormente el Socio Gerente MAXIMILIANO REY informa al otro socio CONRADO REY que a todos los efectos legales, impositivo, financieros y comerciales desde el inicio de la vida de la sociedad hasta el presente (31/05/2024) se utilizó y se declaró en todos los documentos tanto para su quehacer comercial como así su registración contable como cierre el ejercicio debe ser 31 de diciembre de cada año, por ese motivo toma la palabra el socio CONRADO REY y propone al socio MAXIMILIANO REY, solicitar mediante la presente ACTA a la DIRECCION PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PUBLICO de la PROVINCIA DE JUJUY LA MODIFICACION DE LA CLAUSULA SEPTIMA, la que quedara redactada de la siguiente manera: “SEPTIMA: El ejercicio ordinario de la sociedad terminara todos los años el día 31 de Diciembre, fecha a la cual los gerentes practicaran Inventario, Balance General y Cuadro Demostrativo de Ganancias y Pérdidas que se pondrá a disposición de los Socios por lo menos quince (15) días de su consideración. Los Socios en reunión resolverán sobre los estados contables del ejercicio, para lo cual serán convocados por los gerentes dentro de los cuatro (4) meses posteriores del mes de cierre a considerar”. De esta manera también se mantendrán inalterable los derechos y obligación en todo acto y/o contrato que se haya realizado entre la Sociedad y todo otro tercero incluido el Estado Nacional, Provincial y Municipal como partes deudoras y/o acreedores hasta ahora. Por último, el socio MAXIMILIANO REY, acepta el nuevo texto y mociona para que la votación se haga en forma unánime lo cual es aceptado por el socio CONRADO REY. No habiendo más nada que tratar, se da por finalizada la presente ACTA, firmando todos los socios de total conformidad, siendo las 21 horas del día 30/03/2025 levantándose la Sesión en la Sede Social de la empresa MA&CO MONTAJES S.R.L.- ACT. NOT. Nº B 00908415- ESC. GONZALO IGNACIO TORO- TIT. REG. Nº 76- LIBERTADOR GENERAL SAN MARTIN- JUJUY.-

 

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES.-

RESOLUCION Nº 550-DPSC-2025.- 

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-223/2025.-

San Salvador de Jujuy, 04 de agosto de 2025.-

VISTO

El Expte 301-223-2025 C.P.N. GERARDO DEL VALLE MORIENEGA. ASUNTO: SOLICITA INSCRIPCION: MODIFICACION DE PERIODO ECONOMICO Y SOCIAL DE “MA&CO MONTAJES S.R.L.” y,

CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta dirección Provincial de Sociedades Comerciales-Registro Publico, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE:

ARTICULO 1°: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día de: ACTA DE MODIFICACION DE PERIODO ECONOMICO Y SOCIAL CLAUSULA SEPTIMA DEL CONTRATO DE SOCIEDAD DE MA&CO MONTAJES S.R.L. de fecha 30 de marzo de 2025 la que obra a fs. 05/07.-

ARTICULO 2°: Diligencias a cargo del C.P.N. GERARDO DEL VALLE MORIENEGA o, persona debidamente autorizada.-

ARTICULO 3°: Agregar copias en autos, notificar a las partes y registrar.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES- FISCALIA DE ESTADO.-

22 AGO. LIQ. Nº 40889 $2.900,00.-