BOLETIN OFICIAL Nº 97 – 20/08/2025
El Dr. Jorge Daniel Alsina- Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial, Sala II- Vocalía Nº 5, en el Expediente Nº C-030.378/2014, caratulado: “Ordinario por daños y perjuicios: GERMAN SISRO c/ ARNALDO JUAN MOLINA, RICARDO ANTONIO FERNÁNDEZ y PATRICIO LACSI, notifica a los herederos de quien en vida fuere PATRICIO LACSI la providencia que a continuación se transcribe ” SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de Febrero de 2025.Téngase presente el informe actuarial que antecede. Proveyendo al escrito Nº 156790: Atento las constancias de autos y lo solicitado, cítase a los herederos de quien en vida fuere PATRICIO LACSI para que dentro del término de CINCO DÍAS hábiles comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de nombrarles un Defensor Público Oficial si así no lo hiciere (Art. 267 del C.P.C.C.).- Intímase a los citados, para que dentro del plazo precedentemente señalado, constituyan domicilio legal dentro del perímetro de ésta Ciudad y denuncien un correo electrónico válido, los que subsistirán para todos los efectos legales, mientras no se constituyan otros y donde se practicarán todas las notificaciones que no deban realizarse en la casilla del S.I.G.J. o en el domicilio real, según corresponda, todo ello bajo apercibimiento de considerarse notificado en forma automática por Ministerio de la Ley de todas las resoluciones posteriores, cualquiera fuera su naturaleza (Art. 65 del C.P.C.C.).- Asimismo, deberán mantener actualizado su domicilio real y sus cambios, bajo apercibimiento de tener por domicilio legal constituido y a falta de este, se le notificarán las resoluciones en forma automática por Ministerio de Ley (Art. 66 del C.P.C.C.).- A dichos fines publíquense edictos por 1 día en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local. Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina -Vocal- Ante mí: Dra. María Florencia Fiad -Pro Secretaria.-
20 AGO. LIQ. Nº 40832 $1.600,00.-