BOLETIN OFICIAL Nº 95 – 13/08/2025
Policía de la Provincia de Jujuy, Comisión Revisora de Sumarios y Tramites Administrativos Policiales– Referente, Expediente Policial N° 065-CRSYTAP/2.025, caratulado: Actuaciones Sumarias Administrativas por infracción al Artículo 15 inciso “D” del Reglamento de Régimen Disciplinario Policial, protagonista: Cabo Zambrano Gustavo Francisco, fecha del hecho en el periodo comprendido del 24/09/2.024 al 29/10/2.024 y del 09/11/2.024 al 13/11/2.024, con intervención del Juez de Faltas Sr. Jefe de Policía Comisario General Conrado Milton Sánchez. – Motivo de tramitarse en la Comisión Revisora de Sumarios y Trámites Administrativos Policiales, dependiente de Unidad Regional Uno de la policía de la Provincia de Jujuy, Expediente Policial N° 065-CRSYTAP/2.025 caratulado: Actuaciones Sumarias Administrativas por infracción al Artículo 15 inciso “D” (abandono de servicio) donde resulta infractor Cabo ZAMBRANO GUSTAVO FRANCISCO, por un hecho ocurrido en los periodos comprendidos en fecha 24/09/2.024 al 29/10/2.024 y del 09/11/2.024 al 13/11/2.024, con Intervención del Juez de faltas Sr. Jefe de Policía Comisario General Conrado Milton Sánchez, en razón de haber establecido que el causante en oportunidad que era numerario de la Dirección General de Investigaciones a partir de fecha 14 de julio del año 2.024 se encuentra con Licencia especial por enfermedad prolongado (por diversas patologías), luego en fecha 19/09/2.024 solicita parte de enfermo en la Dirección de Investigaciones por lo que desde la Dirección de Sanidad Policial y Medicina legal consigna que el 21/09/2.024, Psicólogo de Policía justifico (05) cinco días de Parte de enfermo a partir de fecha 19/09/2.024, diagnostico: “tratamiento psicológico”, por lo que en fecha 24/09/2.024 el encartado debía reintegrarse al servicio y no lo hizo, solicitando ampliación de parte de enfermo en reiteradas oportunidades sin justificar los días de inasistencia laboral, manteniéndose en esa situación hasta fecha 29/10/2.024. siendo que el día 30/10/2.024 solicita nuevamente ampliación de parte de enfermo, donde desde la Dirección de Sanidad Policial informa que en fecha 01/11/2.024, Psicólogo de Policía justifico (10) diez días de Parte de enfermo al administrado a partir de fecha 30/10/2.024 diagnostico: “tratamiento psicológico”, donde el encartado debía reintegrase al servicio en fecha 09/11/2.024, ese día nuevamente solicito ampliación de parte de enfermo sin presentarse a retirar orden médica, después el día 11/11/2.024 nuevamente solicita ampliación de parte de enfermo el administrado retira orden médica, sin presentar anexo que justifique su inasistencia laboral, situación que se mantuvo hasta el 13/11/2.024. Finalmente, en fecha 14/11/2.024 el encartado nuevamente solicita ampliación de parte de enfermo, retirando orden médica, donde la Dirección de Sanidad Policial y Medicina legal informa que en fecha 16/11/2.024 Psicólogo de Policía justifico (10) diez días de Parte de enfermo al administrado a partir de fecha 14/11/2.024 diagnostico: “tratamiento psicológico” denotando ausentismo laboral del causante, en los periodos comprendido entre el 24/09/2.024 al 29/10/2.024 y 09/11/2.024 al 13/11/2.024. Por lo que mediante el presente edicto se cita al Cabo Legajo Policial N° 21.422 Zambrano Gustavo Francisco, DNI N° 36.225.536, con domicilio en calle San Expedito Mza 131 Lote 14 del B° La Nación de la ciudad de El Carmen y/o Av. Undiano N° 1678 Mza 564 Lote 12 de las 370 Viviendas del B° Alto Comedero de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, para comparecer en la Comisión Revisora de Sumarios y Trámites Administrativos Policiales, sito en calle Dr. Padilla N° 545 Del Barrio Ciudad De Nieva – Capital teléfono N° 388-4237410/4237408, a los fines de hacerle conocer causa de imputación administrativas y recepcionarle declaración indagatoria administrativa, de conformidad a las previsiones del Articulo 47 del Reglamento de Normas de Sumarios Administrativos, debiendo presentarse dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles luego de la tercera y última publicación de la presente, vencido el mismo se dejara constancia de su incomparencia, sin perjuicio de la prosecución de la causa de narras, conforme previsiones del citado reglamento…” Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia durante tres días seguidos.- Fdo. Ana Soledad Burgos- Sub-Comisario.-
13/18/20 AGO. S/C.-