BOLETIN OFICIAL Nº 95 – 13/08/2025
DECRETO Nº 3498-E/2025.-
EXPTE. Nº 1056-3908/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 JUL. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización “4” – Secretaría de Gestión Educativa, Jurisdicción “F” – Ministerio de Educación, como se detalla a continuación:
SE CREA:
Personal Escalafón General- Ley N° 3161/74
4 (cuatro) Cargos – Categoría 1
2 (dos) Cargos – Categoría 3
ARTÍCULO 2º.- Incorpórase a la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización “4” Secretaría de Gestión Educativa, Jurisdicción “F” Ministerio de Educación a los agentes detallados en el Anexo Único que forma parte del presente, en los Cargos, Categorías y Escalafón que en cada caso se indica, a partir de la fecha del presente Decreto.-
ARTÍCULO 3º.- Modifícase la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización “11” – Secretaría de Planificación Estratégica, Jurisdicción “F” – Ministerio de Educación, como se detalla a continuación:
SE CREA:
Personal Escalafón General- Ley N° 3161/74
1 (uno) Cargo – Categoría 1
ARTÍCULO 4º.- Incorpórase a la Sra. Mendez Norma Beatriz, C.U.I.L. N° 27-16750445-6, en el cargo Categoría 1, Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General, en la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización “11” – Secretaría de Planificación Estratégica, a partir de la fecha del presente Decreto.-
ARTÍCULO 5º.- Rescindense los Contratos de Locación de Servicios, celebrados oportunamente, entre el Estado Provincial y los agentes que se nominan en el Anexo Único y en el Artículo 4º del presente Decreto.-
ARTÍCULO 6º.- Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con las partidas previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2025, Ley N° 6440, con las respectivas partidas de “Gastos en Personal” asignadas a la Jurisdicción “F – Ministerio de Educación”, Unidad de Organización:
- 4- Secretaría de Gestión Educativa
- 11 – Secretaría de Planificación Estratégica
ARTÍCULO 7º.- Autorízase a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo que corresponda tomando fondos de la Partida 1-1-1-2-1-9 “Personal Contratado”, en caso de corresponder, de las Unidades de Organización mencionadas, las cuales de resultar insuficientes tomarán fondos de la Partida 01-01-01-01-97 “Regularización Decreto N° 3510-G-21, asignada a la Jurisdicción “K – Obligaciones a Cargo del Tesoro”.-
ARTÍCULO 8º.- Facultese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar las modificaciones, transferencias y/o creaciones de partidas presupuestarias necesarias, para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ordenamiento.-
ARTÍCULO 9º.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 10º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Notifíquese por Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR