BOLETIN OFICIAL Nº 95 – 13/08/2025
DECRETO Nº 591-E/2024.-
EXPTE. Nº 1052-836/2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 MAY. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la aplicación de la sanción expulsiva de CESANTÍA al Sr. Julio Rolando Bazán, D.N.I. N° 14.720.254, por haber transgredido el Artículo 100°, incisos 4 y 5, en concordancia con el Artículo 173°, inciso 7, de la Ley N° 3161/74, y Artículo 4, incisos a) y d), en concordancia con el Artículo 66° inciso g) de la Ley N° 3520/78, en toda la situación de revista que detenta en el Ministerio de Educación, en virtud de lo expuesto en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Dispónese la aplicación de la sanción correctiva de NOVENTA (90) DÍAS DE SUSPENSIÓN, sin prestación de servicios ni percepción de haberes, a la Sra. Alicia Tejerina, D.N.I. N° 11.936.371, por haber transgredido al Artículo 100°, incisos 1, 4 y 5, en concordancia con el Artículo 172°, inciso 3, de la Ley N° 3161/74 y Artículo 4º, inciso a) y d), en concordancia con el Artículo 66°, inciso d) de la Ley N° 3520/78, en virtud a los motivos expuestos en el exordio.-
ARTÍCULO 3º.- Déjase establecido que la Dirección Provincial de Personal, conforme a las facultades conferidas por la Ley N° 3161/74, Artículos 186° y 189°, tome intervención en la situación de incompatibilidad que presentaría la Sra. Alicia Tejerina, D.N.I. N° 11.936.371.-
ARTÍCULO 4º.- Por Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación procédase a notificar de lo dispuesto en el presente Decreto.-
ARTÍCULO 5º.- Previa toma de razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR