BOLETIN OFICIAL Nº 92 – 06/08/2025
DECRETO Nº 3415-S/2025.-
EXPTE. Nº 743-450/2022.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R6-01-25 Hospital San Isidro Labrador
SUPRIMASE
Categoría N° de Cargos
E (j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4418
Total 1
CREASE
Categoría N° de Cargos
A (j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4418
Total 1
ARTÍCULO 2º.- Téngase por designado en carácter interino al Dr. José Manuel García, CUIL N° 23-36892839-9, en el cargo categoría A (j-2) Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, para cumplir funciones en la Unidad de Organización R6-01-25 Hospital San Isidro Labrador, a partir del 26 de marzo de 2023 y hasta el llamado a concurso del mismo.-
ARTÍCULO 3º.- La erogación que demanda el presente trámite, se atiende con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:
En el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicios: 2023 – Ley N° 6325 y 2024 – Ley N° 6371, se encontraban previstas la partida Gastos en Personal en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud – Unidad de Organización R 6-01-25 Hospital San Isidro Labrador.
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2025 – Ley N° 6440, prevé las partidas de Gastos en Personal en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud – Unidad de Organización R 6-01-25 Hospital San Isidro Labrador.
En caso de que en Ejercicios Anteriores no haya sido liquidado y abonado el trámite de autos, el mismo se atendería con la siguiente partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos vigente:
EJERCICIOS ANTERIORES:
Deuda Pública Provincial “03-10-15-1-26-0 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR