BOLETIN OFICIAL Nº 92 – 06/08/2025

MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN.-

DECRETO Nº 0228/DE/25.-

CIUDAD DE EL CARMEN, 22 JUL. 2025.-

VISTO:

El marco de la realización del “9ª EDICIÓN DEL FESTIVAL PROVINCIAL DEL BUÑUELO”, a llevarse a cabo el día 17 de

Agosto del corriente año, en la Ruta Provincial N° 42, y;

CONSIDERANDO:

Que, dicho festival contará con la actuación musical de artistas de prestigio a nivel país, que cautivará a los habitantes de la Ciudad y de la periferia con sus acordes en la noche del 17 de Agosto del 2025, sito en Ruta Provincial N° 42, con la presentación central de las Cuatros Cuerdas, entre otros;

Que, le corresponde al Departamento Ejecutivo, realizar todas las demás actividades que le compete en materia de moralidad y buenas costumbres, así las que se le atribuyen en lo cultural deportivo, turístico de fomento y cuantas más sean de bien comunitario según el art. 165 de la Ley 4.466

Que, se debe instrumentar un dispositivo legal, a los fines de autorizar tal determinación, lo que permitirá que el “9ª EDICIÓN DEL FESTIVAL PROVINCIAL DEL BUÑUELO”, obtenga el éxito deseado;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CARMEN

DECRETA:

ARTICULO 1°.– Autorícese la realización del “9ª EDICCIÓN DEL FESTIVAL PROVINCIAL DEL BUÑUELO”, organizado por el Departamento ejecutivo a llevarse a cabo el día 17 de agosto del 2025, a partir de hs. 15:00, en la Ruta Provincial N° 42.-

ARTICULO 2°.– Encomiéndese a la Secretaria de Hacienda realizar los pagos necesarios para cubrir las erogaciones requeridas por el art. 1 y impútese los gastos a la partida presupuestaria de SECRETARIA DE TURISMO, CULTURA Y EDUCACION- SERVICIO NO PERSONALES.

ARTICULO 3°.– Ordénese a la Dirección de Rentas dependiente de la Secretaria de Hacienda a realizar el cobro del alquiler de sillas, finando el importe de PESOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 Ctvs. ($1.500,00)

ARTICULO 4°.– Establézcase al Secretario de Turismo, Cultura y Educación y al Secretario de Planificación y Modernización, ejecútese todas las gestiones atinentes al Festival referido en el art. 1, entre ellos contrataciones de sonido, de artistas musicales, ballets y toda otra diligencia administrativa que se requiera. –

ARTICULO 5°.– Desígnese a la Coordinación de Comunicación, dependiente de la Dirección de Asuntos Políticos, Comunicación, Protocolo, como responsable de gestionar la convocatoria de auspicio mencionada en el artículo 1°, a través de Proveedores registrados de la Municipalidad de El Carmen y/u otros, conforme criterio técnico, mediante una propuesta formal y autorizada por el Poder Ejecutivo. La propuesta deberá contemplar las siguientes alternativas fijándose los importes por concepto de auspicio de la siguiente manera: Primera alternativa: Se fija un importe de PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 Ctvs. ($50.000,00), correspondiente a un esquema de auspicio que incluye difusión en pantalla LED y redes sociales oficiales de la Municipalidad. Segunda alternativa: Se fija un importe de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 Ctvs. ($30.000,00), correspondiente a un esquema de auspicio que contempla exclusivamente difusión en pantalla LED, sin difusión en redes sociales.

ARTICULO 6°.- Que tendrá carácter permanente mientras subsistan las disposiciones que las establezcan y los extremos tenidos en cuenta para su otorgamiento.-

ARTICULO 7°.-Comuníquese a la Secretaria de Hacienda, Dirección de Rentas, a la Secretaria de Turismo, Cultura y Educación, a la Secretaria de Planificación y Modernización, a la Coordinación de Comunicación, bajo constancia de firma con la que se acredite de modo fehaciente que han tomado debido conocimiento. El mismo acto se les hará entrega de una copia del presente Decreto. Cumplido, Archívese.-

 

Lic. Víctor H. González

Intendente