BOLETIN OFICIAL Nº 90 – 01/08/2025
DECRETO Nº 3462-MS/2025.-
EXPTE. Nº 1414-368/2020.-
C/agdo. Nº 1414-9788/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el artículo 2° del Decreto N° 3.840-MS/21, de fecha 04 de agosto del 2021, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 2°.- Dispónese, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio por Invalidez del CABO PRIMERO DARIO ABEL SUBELZA, D.N.I. N° 29.305.722, LEGAJO N° 14.672, de acuerdo a las previsiones del artículo 14° inc. k) en concordancia con el artículo 22° inc. a) de la Ley N° 3.759/81.”
ARTÍCULO 2º.- Por Intermedio de la Coordinación de Seguridad Social dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, procédase a la regularización de los haberes del administrado, a los fines de liquidar los montos que resulten adeudados en concepto de diferencias de haberes con el grado inmediato superior, con mas los intereses conforme a la tasa activa cartera general ( prestamos ) nominal anual vencida a treinta dias, que fija el Banco Nacion Argentina.-
ARTICULO 3°.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 500 y concordantes de la Ley N° 1.886/48.-
ARTICULO 4°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal, Policía de la Provincia y Contaduría de la Provincia, para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.‑
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR