BOLETIN OFICIAL Nº 89 – 30/07/2025
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
DECRETO Nº 1852.25.041.-
EXPEDIENTE N° 16 – 12153 – 2025 – 1.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 JUL. 2025.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 8169/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 08/2025 de fecha 10 de Julio de 2025, mediante el cual se crea el Programa Municipal de Prevención del VIH/SIDA, Hepatitis Virales e ITS “Elegí Saber, Elegí Cuidarte”; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Desarrollo Humano, el mismo expresa que no hay objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8169/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 08/2025 de fecha 10 de Julio de 2025, mediante la cual se crea el Programa Municipal de Prevención del VIH/SIDA, Hepatitis Virales e ITS “Elegí Saber, Elegí Cuidarte”.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Desarrollo Humano, Dr. JULIO RODRIGO ALTEA, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Secretaría de Desarrollo Humano, y a la Coordinación General de Comunicación Municipal. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente