BOLETIN OFICIAL Nº 89 – 30/07/2025

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

DECRETO N° 1816.25.040.-

EXPEDIENTE N° 16 – 12144 – 2025 – 1 .- 

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 JUL. 2025.-

VISTO:

La Ordenanza N° 8074/2024, mediante la cual se establece el Cuadro Tarifario del Sistema de Transporte Público Colectivo de Pasajeros de San Salvador de Jujuy; y

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 3° de la Ordenanza N° 8074/2024 establece que a partir del 01 de Enero de 2025, el cuadro tarifario del Sistema de Transporte Público Colectivo de Pasajeros de la Ciudad de San Salvador de Jujuy se actualizará de manera bimestral, siendo la primera actualización en el mes de Enero de 2025;

Que, el Artículo 4° de la Ordenanza N° 8074/20249 establece que el porcentaje variación de la tarifa se determinará en base a una fórmula de redeterminación, y en consonancia a ello el Artículo 7° determina los parámetros de referencia de cada monomio de la fórmula polinómica establecida en el Artículo 4°;

Que, a fs. 2 obra informe de propuesta de actualización tarifaria, elaborado por la Dirección de Fiscalización de Transporte, donde el coeficiente porcentual de ajuste es del 4,8407%. Asimismo, expresa que la tarifa vigente, para el pasaje general, es de Pesos Un Mil Cuarenta y Ocho con Setenta y Tres Centavos ($ 1.048,73), por lo que al aplicar el ajuste del 4,8407%, la nueva tarifa a ser considerada por la autoridad de aplicación es de Pesos Un Mil Noventa y Nueve con Cuarenta y Nueve Centavos ($ 1.099,49);

Que, la Secretaría de Servicios Públicos, en orden a la normativa establecida, el informe elevado por la Dirección de Fiscalización y Transporte y los cálculos allí asentados conforme la ecuación polinómica de actualización, solicita se proceda a la emisión del correspondiente dispositivo legal de actualización de la tarifa del transporte público de pasajeros, con el coeficiente porcentual de ajuste del 4,8407%, por lo que la nueva tarifa será de Pesos Un Mil Noventa y Nueve con Cuarenta y Nueve Centavos ($ 1.099,49), la que comenzará a regir a partir de fecha 10 de Julio de 2025;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal:

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- A partir del día 10 de Julio de 2025, dispóngase un incremento del 4.8407%, de la  actualización tarifaria del Sistema de Transporte Público Colectivo de Pasajeros, en conformidad a la Ordenanza N° 8074/2024, por lo que la nueva tarifa queda establecida en la suma de Pesos Un Mil Noventa y Nueve con Cuarenta y Nueve Centavos ($ 1.099,49).-

ARTICULO 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Dirección General de Tránsito y Transporte, Dirección General de Rentas, Coordinación General de Comunicación, Secretaría de Servicios Públicos, remitiéndose nota del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente