BOLETIN OFICIAL Nº 88 – 28/07/2025
DECLARACIÓN JURADA Y DENUNCIA DE CORREO ELECTRÓNICO. En la ciudad de San Salvador de Jujuy Departamento Doctor Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 22 días del mes de enero del año dos mil veinticinco, entre señor KLUN ALVAREZ PRADO PABLO ARIEL, D.N.I. 25.954.224, argentino, fecha de nacimiento 30 de abril de 1977, con domicilio en calle 9, Lote 1156- AMPUAP 5, Higuerillas, de la Localidad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, correo electrónico pabloklun1977@gmail.com y JORGE ADRIÁN ALBORNOZ, D.N.I. 29.390.461, argentino, de profesión farmacéutico, divorciado, fecha de nacimiento 14 de marzo de 1982, con domicilio en calle Pedro del Portal 1010, barrio Ciudad de Nieva, de la Localidad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, correo electrónico jorgejujuy@hotmail.com, en el carácter de socios de la sociedad GRUPO MAGALLANES S.R.L., formulan por este acto las siguientes declaraciones juradas a fin de cumplimentar la inscripción de una sociedad comercial. PRIMERA: Declaramos bajo juramento que la sede de la firma GRUPO MAGALLANES S.R.L. constituida mediante instrumento privado con firmas certificadas, tiene su sede social en calle Pedro del Portal 1010, barrio Ciudad de Nieva, de la ciudad de San Salvador de Jujuy. Provincia de Jujuy, siendo éste efectivamente el centro principal de la dirección y administración de las actividades de la entidad. SEGUNDA: A los fines que pudieren corresponder, se denuncia como dirección de correo electrónico de la firma, independientemente de la que corresponde a cada uno de los socios, denunciadas en el contrato constitutivo y este instrumento, la siguiente: grupomagallanes9@gmail.com TERCERA: Finalmente, declaramos bajo juramento que los datos consignados en la
presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que NO nos encontramos incluidos y/o alcanzados dentro de la “Nomina de Funciones de Personas Expuestas Políticamente” aprobada por la Unidad de Información Financiera mediante resolución Nº 11/2011. Así también, declaramos bajo juramento que no nos encontramos comprendidos en las prohibiciones e incompatibilidades previstas por el art. 264 de la Ley 19.550.- Autorizamos por este acto al Dr. JAVIER GUSTAVI RECUPERO M.P. Nº 2147 a gestionar la inscripción del presente instrumento ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales y los demás organismos correspondientes; a tal fin se le otorgan amplias facultades para efectuar la labor encomendada y para otorgar los instrumentos necesarios para la prosecución y finalización de dicha gestión, incluida la posibilidad de sustituir la presente autorización en otro letrado. EN PRUEBA DE CONFORMIDAD LAS PARTES FIRMAN CUATRO EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.- ESC. ANDREA CARINA LACSI- TIT. REG. Nº 10- S. S. DE JUJUY.-
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
FISCALÍA DE ESTADO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES
RESOLUCION Nº 444-DPSC-2025.-
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-270/2025.-
San Salvador de Jujuy, 24 de Junio de 2025.-
VISTO:
Las actuaciones de la referencia en las que el DR. JAVIER GUSTAVO RECUPERO, en carácter de APODERADO de “GRUPO MAGALLANES S.R.L.”, solicita, la INSCRIPCIÓN DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD y,
CONSIDERANDO:
Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completado los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-
Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO
RESUELVE:
ARTICULO 1°: ORDENAR la Publicación de Edicto en el Boletín oficial por un día de contrato de Contrato de Constitución de fecha 26 de mayo de 2025 y Declaraciones Juradas de GRUPO MAGALLANES S.R.L. , cuyas copias obran en autos.
ARTÍCULO 2°: AGREGAR copia en autos, notificar a las partes y registrar.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
28 JUL. LIQ. Nº 40651 $2.400,00.-