BOLETIN OFICIAL Nº 83 – 18/07/2025
La Dra. Rondon Marisa Eliana, Juez del Juzgado de Primera Instancia Nº 3 – Secretaria 5, en el Expediente N° C-261716/2024. Caratulado: “Ejecutivo. LICANTICA VANESA ANABELA c/ ALMARAZ EMMANUEL RODRIGO”, notifica al Sr. ALMARAZ Emmanuel Rodrigo D.N.I. No 34.183.629, domiciliado en Av. Tte. Farias Nº 617 – 370 Viv.- 1º Etapa Barrio Alto Comedero- San Salvador de Jujuy- Departamento Dr. Manuel Belgrano- Provincia de Jujuy, de la Resolución que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 25 de Junio del 2.025.- Autos y Vistos: … Resulta: … Considerando: … Resuelve: I.- Dese la debida participación a la Dra. María de las Mercedes Moreno, Defensora de Ausentes ( Art. 221 del C.P.C. y C.) Defensora Oficial de la Unidad de Defensa No 4 del Ministerio Público de la Defensa Civil, constituyendo domicilio legal en calle Juana Manuela Gorriti No 791 de esta ciudad, del AUSENTE Sr. EMMANUEL RAMIRO ALMARAZ, D.N.I. Nº 34.183.629.- II.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por la SRA. VANESA ANABELA LICANTICA en contra del Sr. EMMANUEL RAMIRO ALMARAZ hasta hacerse el acreedora del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA MIL ($840.000.-) con más los intereses de la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I- Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54, Fº 673/678, Nº 235) desde la mora y hasta su efectivo pago, con más I.V.A si correspondiere.- III.- Imponer las costas a la vencida (Art. 51 inc. 6 del C.P.C. y C.).- IV.- Regular los honorarios profesionales de la DRA. MABEL GRACIELA MAMANI en la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE con NOVENTA CENTAVOS ($369.257,90) conforme el Art. 32 del C.P.C. y C. de la Ley No 6368/23 , actualizado a la fecha, por lo que sólo en caso de mora, llevará un interés igual a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, de conformidad con el precedente citado, y hasta el efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere.- V.- Firme la presente, intimar a la parte actora a retirar por secretaria el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo a expediente.- VI.- Hacer efectivo el apercibimiento dispuesto a fecha 22/11/2024 en contra del Sr. EMMANUEL RAMIRO ALMARAZ, mandándose notificar la presente Resolución mediante la Publicación de Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- VII.- Notificar por cédula, agregar copia en autos, hacer saber, etc.- Fdo. Dra. Marisa E. Rondon -Juez- Ante Mí: Dra. Ana Julieta Farfán – Firma Habilitada.- Publíquense edictos por un (1) día en el Boletín Oficial y por un (1) día en un Diario Local .- Ciudad de San Salvador de Jujuy, 07 de Julio de 2025.-
18 JUL. LIQ. Nº 40574 $1.600,00.-