BOLETIN OFICIAL Nº 83 – 18/07/2025

DECRETO Nº 3460-G/2025.-

EXPTE. Nº 0400-5670/2024.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 jun. 2025.- 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Rechazase el pedido de reconocimiento y pago de Licencias Anuales Ordinarias (ejercicios 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, no gozadas), tentado en autos por el agente Categoría 18 -Agrupamiento Técnico- de la planta de personal permanente de la Secretaría de Deporte, JORGE NESTOR PEREIRA, DNI N° 13.284.621, conforme las previsiones del Decreto-Acuerdo N° 512-G-00 y su oportuno desempeño corno Director Provincial de Culto, a tenor de lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Por aplicación del Decreto-Acuerdo N° 1135-G-2012, y al sólo efecto de la regularización de su situación administrativa, téngase por promovido al agente Categoría 18 -Agrupamiento Técnico- de la planta de personal permanente de la Secretaría de Deporte, JORGE NESTOR PEREIRA, CUIL 23-13284621-9, al cargo Categoría 22 – Agrupamiento Técnico-, con retroactividad al 1 de Agosto de 2012.-

ARTICULO 3º.- Por aplicación del Decreto-Acuerdo N° 5351-HF-2022, y al sólo efecto de la regularización de su situación administrativa, téngase por promovido al agente Categoría 22 -Agrupamiento Técnico- de la planta de personal permanente de la Secretaria de Deporte, JORGE NESTOR PEREIRA, CUIL 23-13284621-9, al cargo Categoría 24 -Agrupamiento Técnico-, con retroactividad al 1 de Septiembre de 2021.-

ARTICULO 4°.- Dejase establecido, conforme lo expresado en el exordio y el desempeño de tareas superiores cumplidas durante los años 2015 a 2022 por el señor JORGE NESTOR PEREIRA, CUIL 23-13284621-9, que la diferencia salarial emergente de lo dispuesto por el Artículo 3° del presente Decreto se liquidará con vigencia retroactiva al 2 de Mayo de 2022.

ARTICULO 5°.- la erogación emergente de lo dispuesto por el Artículo 40 se atiende con afectación a las siguientes partidas presupuestarias:

 

Ejercicios 2022 y 2023 (Leyes N° 6256 y N° 6325) con las partidas: Gastos en Personal, previstas para la Jurisdicción “S” Ministerio de Desarrollo Humano, Unidad de Organización 9, Secretaria de Deporte y Recreación.-

Ejercicio 2024 (Ley N° 6371) con la partida: Gastos en Personal, prevista para la Jurisdicción “B” Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo, unidad de Organización 13 -Secretada de Deportes.-

Ejercicio 2025 (Ley N° 6440) con la partida de Gastos en Personal, prevista para
la Jurisdicción “B” Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo, Unidad de Organización 13 -Secretaría de Deportes, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida: 1 1 1 1 1 100 “Regularización Decretos 5064-HF-21 y 5351-HF-22”, asignada a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro.-

En caso que en Ejercicios anteriores no haya sido liquidada y abonada la readecuación que se trata en autos, la misma se atenderá con la partida: 03-10­15-01-26-0 “Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, prevista por la Ley N° 6440 para la Jurisdicción “L” Deuda Pública.-

ARTICULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobier­no, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo, y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 7°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en él Boletín Oficial y pase a la Secretada de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, gírese sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provin­cial de Presupuesto, Tesorería de la Provincia y Dirección Provincial de Personal para conocimiento y registro. Fecho, vuelva al Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo a sus demás efectos.‑

 

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR