BOLETIN OFICIAL Nº 82 – 16/07/2025
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA Nº 351/2025.-
REF. “PROGRAMA MUNICIPAL PERMANENTE DE PROMOCIÓN DEL BUEN TRATO Y RESPETO DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ EN EL ÁMBITO ADULTO”. (EXPTE 165-CD-2025 Iniciado por López Amanda y López Marcelo)
VISTO Y CONSIDERANDO;
La necesidad de promover una cultura de respeto, cuidado y protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y la importancia de generar conciencia, formación y compromiso en los adultos responsables que interactúan cotidianamente con la niñez en diferentes ámbitos;
Que, la Convención sobre los Derechos del Niño, con jerarquía constitucional en nuestro país, establece que los
Estados deben garantizar a todos los niños y niñas el pleno goce de sus derechos, y que es deber de las personas adultas actuar en su interés superior.
Que, la Ley Nacional N.º 26.061 a la cual la Municipalidad se encuentra adherida a través de la Ordenanza Municipal
N° 111/22 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes promueve un cambio cultural que requiere la participación activa y responsable de la familia, las instituciones educativas, deportivas, sociales y la comunidad en su conjunto para garantizar el desarrollo integral de la niñez.
Que, la naturalización de prácticas de maltrato, violencia simbólica, gritos, castigos físicos, negligencia o falta de escucha hacia niños y niñas aún persiste en muchos ámbitos, lo que exige políticas activas de prevención, concientización y formación dirigidas a los adultos responsables.
Que, las escuelas, los Centros de Actividades Familiares (CAF), las Escuelas de Iniciación Deportiva, las familias y los espacios comunitarios son escenarios fundamentales para la transmisión de valores y prácticas que pueden favorecer o vulnerar los derechos de la niñez.
Que, resulta imprescindible fortalecer en los adultos una mirada respetuosa y amorosa hacia la infancia, generando espacios de formación, reflexión y participación activa en torno a los derechos de los niños y niñas.
Que, el Municipio de Puesto Viejo, a través de sus áreas competentes, debe impulsar programas integrales, sostenidos y transversales que promuevan el buen trato y el ejercicio efectivo de los derechos de la niñez desde la responsabilidad adulta.
Por Ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el PROGRAMA MUNICIPAL PERMANENTE DE PROMOCIÓN DEL BUEN TRATO Y RESPETO DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ EN EL ÁMBITO ADULTO, con el objetivo de formar, concientizar y sensibilizar a los adultos que están a cargo de niños y niñas, en espacios educativos, deportivos, familiares y comunitarios, para garantizar entornos seguros, respetuosos y protectores.
Artículo 2º-. El Programa se desarrollará en los siguientes ámbitos:
Escuelas de nivel inicial y primario de la jurisdicción municipal.
Centros de Actividades Familiares (CAF).
Escuelas de Iniciación Deportiva.
Clubes, organizaciones sociales, espacios comunitarios y recreativos.
Grupos familiares y vecinales dentro del ejido municipal.
Artículo 3º-. Son Objetivos Generales del presente programa:
Promover una cultura del buen trato hacia la niñez entre los adultos responsables en los diferentes espacios de desarrollo infantil.
Sensibilizar y formar a la comunidad sobre la importancia del respeto, la escucha y la protección integral de los derechos de los niños y niñas.
Artículo 4º-. Son Objetivos Específicos del presente programa:
Informar a los adultos sobre la normativa vigente en materia de derechos de la niñez y la responsabilidad que les corresponde en su protección.
Capacitar a docentes, personal educativo, entrenadores, referentes deportivos, padres, madres, tutores, cuidadores y líderes comunitarios en prácticas de buen trato, crianza respetuosa, manejo adecuado de conflictos y prevención de la violencia.
Desnaturalizar prácticas violentas y autoritarias aún presentes en el trato cotidiano hacia los niños y niñas.
Brindar herramientas para la promoción del respeto, la empatía, la contención emocional y la resolución pacífica de conflictos.
Fortalecer las redes comunitarias de protección y cuidado de la infancia.
Artículo 5º-. El Programa podrá incluir las siguientes acciones concretas:
Jornadas de formación y talleres de capacitación para adultos en instituciones educativas, deportivas y espacios comunitarios.
Campañas de comunicación y sensibilización dirigidas a la comunidad adulta mediante afiches, folletería, redes sociales, radios locales, charlas abiertas y encuentros barriales.
Creación de espacios de intercambio y reflexión para padres, madres y cuidadores sobre prácticas de crianza, comunicación respetuosa y resolución de conflictos.
Asesoramiento y acompañamiento a las instituciones para el abordaje de situaciones de maltrato o vulneración de derechos.
Producción y distribución de materiales educativos adaptados a cada público adulto.
Encuentros interdisciplinarios para evaluar el impacto del programa y ajustar estrategias.
Artículo 6º-. Será autoridad de aplicación de la presente ordenanza la Dirección de Desarrollo Humano de la Municipalidad de
Puesto Viejo, a través de las siguientes áreas de Niñez, Adolescencia y Familia; Juventud: Deporte y Educación. Estas áreas serán responsables de la organización, ejecución, monitoreo y evaluación de las acciones previstas en el presente programa, trabajando en forma articulada con instituciones educativas, deportivas, organizaciones sociales, clubes y la comunidad en general.
Artículo 7º-. Autorizar al Departamento Ejecutivo a celebrar convenios y acuerdos de colaboración con instituciones educativas, clubes deportivos, organismos provinciales, nacionales, organizaciones sociales y profesionales especializados en niñez.
Artículo 8º-. DE FORMA. –
SALA DE SESIONES 10 DE JULIO 2025.-
Lic. María Amanda López
Presidente