BOLETIN OFICIAL Nº 82 – 16/07/2025
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA Nº 350/2025.-
REF. “PROGRAMA MUNICIPAL PERMANENTE DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS Y DEL BUEN TRATO HACIA LA NIÑEZ”. (EXPTE 164-CD-2025 Iniciado por López Amanda y López Marcelo)
VISTO Y CONSIDERANDO;
La importancia de promover y garantizar los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes, consagrados en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley Nacional N.º 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes: y
Que, la niñez constituye una etapa esencial en la vida de las personas, donde se establecen las bases para el desarrollo físico, emocional, intelectual y social, por lo que resulta prioritario promover entornos protectores, saludables y libres de violencia.
Que, la Convención sobre los Derechos del Niño, con jerarquía constitucional en nuestro país, establece que los Estados deben adoptar todas las medidas apropiadas para asegurar a los niños y niñas la protección y el cuidado necesarios para su bienestar, respetando plenamente sus derechos.
Que, la Ley Nacional N.º 26.061 a la cual la Municipalidad se encuentra adherida a través de la Ordenanza Municipal N° 111/22 reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos plenos de derechos, y obliga a los organismos del Estado a implementar políticas públicas para garantizar su desarrollo integral.
Que, es fundamental generar espacios de sensibilización, formación, promoción y participación activa en todos los ámbitos donde transcurre la vida de los niños, especialmente en las escuelas, en los Centros de Actividades Familiares (CAF) y en las Escuelas de Iniciación Deportiva, donde se consolidan vínculos afectivos, sociales y comunitarios.
Que, el acceso al deporte, la educación y la recreación en entornos de buen trato y respeto constituye un derecho y una herramienta clave para la construcción de ciudadanía desde la infancia.
Que, el Municipio de Puesto Viejo, en su rol indelegable como primer nivel de intervención, debe fortalecer programas que promuevan la protección integral de la niñez y fomenten una cultura del buen trato, la no violencia, la participación y la equidad.
Que, resulta necesario institucionalizar un Programa Municipal Permanente que promueva y garantice estos derechos de manera continua y sistemática, adaptándose a las necesidades y realidades de las infancias de la comunidad.
Por Ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el PROGRAMA MUNICIPAL PERMANENTE DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS Y DEL BUEN TRATO HACIA LA NIÑEZ, con el objetivo de promover, difundir y garantizar los derechos de los niños y niñas en todos los espacios institucionales, con especial enfoque en las escuelas, los Centros de Actividades Familiares (CAF) y las Escuelas de Iniciación Deportiva.
Artículo 2º-.El Programa se desarrollará en el ámbito de las siguientes instituciones del ejido municipal:
Establecimientos educativos de nivel inicial y primario.
Centros de Actividades Familiares (CAF).
Escuelas de Iniciación Deportiva.
Espacios públicos y comunitarios donde se realicen actividades vinculadas a la niñez.
Artículo 3º-. Son Objetivos Generales del presente programa:
Promover el respeto, el ejercicio y la protección integral de los derechos de los niños y niñas.
Fomentar entornos de buen trato, inclusión, participación y no violencia en las instituciones educativas, deportivas y comunitarias.
Artículo 4º-. Son Objetivos Específicos del presente programa:
Difundir la Convención sobre los Derechos del Niño y las normas vigentes en todos los espacios educativos, deportivos y comunitarios.
Brindar talleres y capacitaciones sobre derechos, buen trato para niños. Establecer mecanismos de participación activa de los niños y niñas en la vida escolar, deportiva y comunitaria.
Implementar campañas de comunicación y difusión accesibles y adaptadas a las diferentes edades.
Artículo 5º-. El Programa podrá incluir las siguientes acciones concretas:
Talleres, jornadas, charlas y actividades lúdicas sobre derechos, buen trato y prevención de la violencia, destinadas a niños, niñas.
Actividades recreativas y deportivas que promuevan valores como la solidaridad, el respeto, la empatía y la convivencia.
Creación de espacios de escucha activa y participación infantil en escuelas, CAF y espacios deportivos.
Campañas de comunicación y difusión masiva a través de redes sociales, folletería y cartelería en espacios públicos.
Desarrollo de materiales educativos accesibles y adaptados a las distintas edades.
Realización de encuentros interinstitucionales para el seguimiento, evaluación y mejora continua del programa.
Artículo 6º-. Será autoridad de aplicación de la presente ordenanza la Dirección de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Puesto Viejo, a través de las siguientes áreas de Niñez, Adolescencia y Familia; Juventud: Deporte y Educación. Estas áreas serán responsables de la organización, ejecución, monitoreo y evaluación de las acciones previstas en el presente programa, trabajando en forma articulada con instituciones educativas, deportivas, organizaciones sociales, clubes y la comunidad en general.
Artículo 7º-. Autorizar al Departamento Ejecutivo a celebrar convenios y acuerdos de colaboración con instituciones educativas, clubes deportivos, organismos provinciales, nacionales, organizaciones sociales y profesionales especializados en niñez.
Artículo 8º-. DE FORMA. –
SALA DE SESIONES 10 DE JULIO 2025.-
Lic. María Amanda López
Presidente