BOLETIN OFICIAL Nº 81 – 14/07/2025
CESIÓN DE ACCIONES: Entre Elizabeth AMAT DE SWERT, española, D.N.I n° 94.116.181, Cuil 27-94116181-8, nacida el 20 de julio de 1981, Licenciada en Comunicaciones, casada en 1° nupcias con Juan Sebastían JENEFES QUEVEDO, domiciliada en calle Independencia N° 643, de esta Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, por una parte y en adelante llamada parte cedente, vendedora o transmitente; y Alfredo Alejandro BAIUD, argentino, D.N.I. N° 32.629.426, Cuil 20-32629426-9, nacido el 5 de enero de 1987, Emprendedor, soltero, domiciliado en el Lote 27 de la Manzana 935, B° Bicentenario, Alto Comedero, de esta Ciudad, por la otra parte y en adelante parte cesionaria, compradora o adquirente; ambos quienes revisten el carácter de únicos socios de “DA VINCI SAS”, Cuit 30-71804297-2, con domicilio legal y/o fiscal en calle Dr. Jorge Moreno n° 2072, departamento 2, de esta Ciudad; según lo establecido en el contrato constitutivo, celebrado con fecha 16 de marzo de 2023, inscripta en la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales de esta Provincia, al Folio n° 79, Acta n° 90, del libro n° I, y bajo Asiento n° 90, al folio N° 01-17, legajo N° 90 del Registro de Escrituras Mercantiles de S.A.S., con fecha 10 de abril de 2023, convienen en celebrar el siguiente contrato: 1°.- Elisabet AMAT DE SWERT; con el consentimiento de su cónyuge Juan Sebastián JENEFES QUEVEDO, argentino, D.N.I. 27.493.593, Cuil 20-27493593-7, nacido el 11 de octubre de 1979, e igual domicilio, quien presente en este acto prueba de su asentimiento lo suscribe; y de conformidad a lo resuelto entre las partes en acta societaria de fecha 8 de mayo de 2024, a la que se remite; Cede y Transfiere a favor de Alfredo Alejandro BAIUD, las Doscientas (200) Acciones Ordinarias Nominativas No Endosables de la que es titular sobre la referida sociedad, que representan el cincuenta por ciento (50%), y quien junto al cesionario Alfredo Alejandro BAIUD, titular de las Doscientas (200) Doscientas Acciones Ordinarias Nominativas No Endosables restantes, integran la totalidad (100%) del capital social de “DA VINCI S.A.S.”, Cuit 30-71804297-2, con domicilio legal y/o fiscal en calle Dr. Jorge Moreno n° 2072, departamento 2, de esta Ciudad.- 1°.- La presente se celebra por el precio de Doscientos mil pesos ($200.000) en razón de que las Doscientas (200) acciones societarias tienen un valor nominal de un mil pesos cada una, avaluándose esta cesión en la suma total de Doscientos mil pesos ($200.000), y suma que la cedente recibió de manos del cesionario con anterioridad, sirviendo esta referencia de recibo de ello, y por lo que la cedente otorga al cesionario formal carta de pago.- 2°.- La cedente, subsidiariamente cede en favor del cesionario la totalidad de los derechos y acciones que tiene y/o le pudieren corresponder sobre o en razón de la referida sociedad, cualquiera sea la naturaleza e importancia de los mismos, es decir sobre la totalidad de bienes y derechos, es decir tanto el activo como el pasivo que a la cedente le correspondía, es decir que el cesionario asume todas las obligaciones, deudas, cargas impositivas, previsionales, laborales, fiscales y/o cualquier otra que pudieren corresponder, desde su constitución y hasta la fecha del acta de referencia (8 de mayo de 2024), liberando en forma expresa a la cedente de ello.- 3°.- Por lo tanto, la cedente realiza esta cesión, con arreglo a derecho, en favor del cesionario, subrogándolo en los expresados derechos y acciones, colocándolo en idéntico lugar, grado y prelación que ocupaba, y el cesionario acepta expresamente.- 4°.- El cesionario, rectifica a los fines que pudiere haber lugar que actualmente, funciona tanto la sede social, cómo radica el domicilio postal y/o fiscal, en el Lote 27 de la Manzana 935, B° Bicentenario, Alto Comedero de esta Ciudad de San Salvador de Jujuy; y es dirección de correo electrónico de la sociedad info@estudiodavinci.com.ar, asimismo se obliga y compromete a, dentro del diez días de suscripto el presente, efectuar todas las presentaciones tendientes a la toma de razón de esta cesión, tanto respecto a la registración ante las reparticiones que fueren menester, como también ante instituciones privadas y aun cartera de clientes, a quienes deberá informar sobre los términos de la presente, debiendo quedar totalmente desvinculada la persona de la parte cedente. Asimismo se aclara que efectuará con la mayor celeridad posible todas las referidas presentaciones, sin perjuicio de los términos y/o plazos legales y/o formales y/o cuestiones burocráticas. 5°.- Todos los gastos, sellados, tasas, honorarios y/o cualquier otro que se genere en razón del presente, serán soportados por el Cesionario. Por último, el Cesionario solicita y/o autoriza al Doctor Gustavo Reynoso y/o al CPN Gonzalo Bernal para que en forma de conjunta, indistinta y/o alternativa, soliciten a los registros pertinentes, la toma de razón del presente.- 6°.- Para todos los efectos legales y judiciales de este contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los jueces ordinarios de esta Ciudad y para iguales fines constituyen domicilio especial en los indicados al comienzo, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que por las cosas y/o las personas les pudiere corresponder.- En prueba de su conformidad, las partes suscriben dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en San Salvador de Jujuy, a los 30 días del mes de julio del año 2024.- ESC. PABLO ALFREDO BENITEZ- ADS. REG. Nº 2- S. S. DE JUJUY- JUJUY.-
RESOLUCION Nº 473-DPSC-2025- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-089-2025.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 7 de Julio de 2025.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
14 JUL. LIQ. Nº 40560 $2.400,00.-