BOLETIN OFICIAL Nº 79 – 07/07/2025
MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
DECRETO Nº 1676.25.041.-
EXPEDIENTE Nº 16 – 10652 – 2025 – 1.-
San Salvador de Jujuy, 30 JUN. 2025.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 8154/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 06/2025 de fecha 12 de Junio de 2025, mediante el cual se instituye la “Maratón de la Ciudad de San Salvador de Jujuy”, que se realizará cada año, en el marco de las celebraciones de la fundación de la Ciudad y se procurará su incorporación al calendario deportivo Nacional y del NOA; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Desarrollo Humano, el mismo expresa que no hay objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8154/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 06/2025 de fecha 12 de Junio de 2025, mediante la cual se instituye la “Maratón de la Ciudad de San Salvador de Jujuy”, que se realizará cada año, en el marco de las celebraciones de la fundación de la Ciudad y se procurará su incorporación al calendario deportivo Nacional y del NOA.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Desarrollo Humano, Dr. JULIO RODRIGO ALTEA, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Secretaría de Desarrollo Humano, y a la Coordinación General de Comunicación Municipal. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente