BOLETIN OFICIAL Nº 78 – 04/07/2025

ADENDA AL CONTRATO DE CONSTITUCION. En la Ciudad de San Pedro de Jujuy, Departamento de San Pedro, Provincia de Jujuy, entre la Sra. ALTAMIRANO FERNANDA LUCRECIA, D.N.I. N° 28.420.227, CUIL: 27- 28420227-4, casada, argentina, de 44 años de edad, con domicilio real en calle Rivadavia N° 450 Barrio Patricios de la ciudad de San Pedro, Departamento San Pedro, Prov. de Jujuy, y el Sr. Solano Santiago Jesús, D.N.I. N° 31.858.204 , CUIL: 20- 31858204-2, casado, argentino, de 39 años de edad, con domicilio real en calle Rivadavia 450 Barrio Patricios de la ciudad de San Pedro, Departamento San Pedro, Prov. de Jujuy, reunidos en el domicilio antes nombrado, conforme lo indicado acuerdan suscribir la presente adenda al Contrato Constitutivo, con el propósito de modificar el Artículo Cuarto quedando establecido de la siguiente manera: CUARTA. CAPITAL Y APORTES: El capital social se fija en la suma de pesos Un Millón Quinientos mil pesos ($1.500.000) representado en mil quinientas (1500) cuotas de pesos mil ($1.000) cada una, las cuales han sido suscriptas por los socios en la siguiente proporción: la Socio Sra. Altamirano Fernanda Lucrecia, la cantidad de Mil doscientas cincuenta (1250) cuotas de pesos mil ($1.000) cada una, por un total de pesos Un millón doscientos cincuenta mil ($1.250.000) y el socio Sr. Solano Santiago Jesús Zenón, la cantidad de Doscientas cincuenta (250) cuotas de pesos mil ($1.000) cada una, por un total de pesos Doscientos cincuenta mil ($250.000). La integración del dinero en efectivo se efectúa en este acto mediante el aporte de un porcentaje del veinticinco (25) por ciento del total, comprometiéndose las partes a completar el setenta y cinco (75) por ciento restante, en efectivo, dentro del plazo máximo de veinticuatro (24) meses a partir de la firma del presente contrato. Las personas mencionadas presente en este acto manifiestan con carácter de declaración jurada que los fondos utilizados para la constitución de la sociedad tienen un origen lícito y transparente provenientes de ahorros personales. Esta modificación se realiza de común acuerdo entre las partes, quienes declaran su conformidad y manifiestan que la presente adenda forma parte integrante del Contrato original, manteniéndose vigentes todas aquellas disposiciones que no hayan sido modificadas por la presente. Asimismo, de conformidad con la solicitud, se adjunta: DECLARACIÓN JURADA SOBRE LA CONDICIÓN DE PERSONA EXPUESTA POLÍTICAMENTE: Declarando que en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 511 de las Normas de la Inspección General de Justicia quienes suscriben, Sra. ALTAMIRANO FERNANDA LUCRECIA DNI 28.420.227, en el carácter de: Socio Gerente y el Sr. SOLANO SANTIAGO JESÚS, D.N.I. N° 31.858.204 en carácter de socio; DECLARAN BAJO JURAMENTO que: NO se encuentran incluido y/o alcanzado dentro de la “Nomina de Personas Expuestas Políticamente” conforme el marco legal establecido por la Unidad de Información Financiera (UIF) Resolución 140/2012. Asumiendo el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada. DECLARACIÓN JURADA DE NO ENCONTRARSE EN INCOMPATIBILIDADES Y PROHIBICIONES: Además, declaran bajo juramento que la Sra. ALTAMIRANO FERNANDA LUCRECIA DNI 28.420.227; No se encuentra comprendida en las Prohibiciones e Incompatibilidades previstas por el art. 157 concordante con el art. 264 de la Ley General de Sociedades para ser Socio Gerente de esta Sociedad. Asimismo, manifiestan y declaran que el domicilio social de la razón social TRANSPORTE Y LOGISTICA EMILIANO JESUS S.R.L. es en la Manzana 14 Lote 15 Barrio Néstor Kirchner lugar donde funciona efectivamente el centro principal y la administración. Estas declaraciones han sido suscritas por las partes involucradas en cumplimiento de las normativas legales vigentes. En atención a lo requerido denuncio la casilla de correo electrónico de la Sociedad es transporteylogisticaemilianoje@gmail.com. En prueba de conformidad, a los 14 días del mes de Mayo de 2025, en la ciudad de San Pedro de Jujuy, se firman tres ejemplares de un mismo tenor, y a un solo efecto.- ACT. NOT. Nº B 00929156- ESC. MARIA VALERIA BORDALLO- TIT. REG. Nº 71- SAN PEDRO DE JUJUY- JUJUY.-

 

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY 

FISCALÍA DE ESTADO 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES 

RESOLUCION Nº 378-DPSC-2025.-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 0301-145-2025.-

Salvador de Jujuy, 28 de Mayo de 2025.-

VISTO:

Las actuaciones de referencia en las que, la C.P Daniela Cáceres, en el carácter de Autorizada por la entidad, solicita la Inscripción del Contrato Constitutivo de la Sociedad “TRANSPORTE Y LOGISTICA EMILIANO JESUS S.R.L”.

CONSIDERANDO:

Que, para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por la Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran cumplimentados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos. –

Por ello:

EL DIRECTOR DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE:

ARTICULO 1°: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día del Contrato Constitutivo de la Sociedad TRANSPORTE Y LOGISTICA EMILIANO JESUS S.R.L. Instrumento Privado obrante a fs. 02/07 suscripto por los Señores ALTAMIRANO FERNANDA LUCRECIA con D.N.I. 28.420.227 y SOLANO SANTIAGO JESUS ZENON con D.N.I. 31.858.204 con firma certificada por la Escribana Pública Nacional Olga Olivia Otero Titular del Registro Notarial nº 14 y Adenda del Contrato Constitutivo obrante a fs. 23/25 con firmas certificadas por la Escribana Pública Nacional María Valeria Bordallo Titular del Registro Notarial nº 71 de la Ciudad de San Pedro de Jujuy.-

ARTICULO 2º: Agregar copias en autos, notificar a las partes y registrar-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

04 JUL. LIQ. Nº 40466 $2.400,00.-