BOLETIN OFICIAL Nº 78 – 04/07/2025
La Dra. Espeche, María Leonor Del Milagro juez en Juzgado de Primera Instancia – Nº 6 – Secretaría 12, en el expediente C-247050/24, caratulado: “EJECUTIVO: ZAVOLUK, ANIBAL DARIO c/ ZERPA, IRIS MARIEL”, notifica a ZERPA, IRIS MARIEL, DNI 32569935, domiciliada en Calle Luciano Posee N° 1273 Sector 370 Viviendas- II Etapa B° Alto Comedero – Dr. Manuel Belgrano, Jujuy, de las providencias que a continuación se transcriben: San Salvador de Jujuy, 21 de Noviembre del 2.024.-1.- Proveyendo el escrito no 1490228, agréguese y téngase presente la contestación de oficio del Juzgado Federal y Secretaria Electoral, que adjunta el Dr. Corte, Esteban Nicolás en pdf. 2.- Atento a lo solicitado, manifestado y a las constancias de autos y habiéndose agotado las gestiones tendientes a notificar al demandado, en el domicilio oportunamente denunciado, y conforme lo prevé el Art. 179 de la Ley N° 6358/23 (CPCyC), notifíquese al demandado SR. ZERPA, IRIS MARIEL (DNI 32569935), el proveído de fecha 02/05/24, esto es Mandamiento de intimación de pago, embargo y citación de remate, mediante edictos que deberán ser publicados por tres veces consecutivas en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndole saber al accionado que deberá presentarse (a hacer valer sus derechos), bajo apercibimiento de nombrársele al Defensor Oficial como su representante con quién se seguirá el juicio (art. 178 de la Ley N° 6358/23 (CPCyC).- 2.- Facultándose para su diligenciamiento al Dr. Corte, Esteban Nicolás y/o la persona que el mismo designe.- 3.- Hágase saber a la parte que a título de colaboración deberá confeccionar las medidas ordenadas y presentarlas en formato digital en la bandeja de oficios y diligencias colaborativas del SIG para su posterior control y firma.- Notifíquese art. 169 de la Ley N° 6358/23 (CPCyC). Fdo: Dra. María Leonor Del M. Espeche-Juez- Ante Mi: Dra. Luciana Laura Puig- Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, 02 de Mayo del 2024.- 1.- Proveyendo el escrito nº1174503, téngase por presentado el SR. ZAVOLUK, ANIBAL DARIO con el patrocinio letrado del Dr. Corte Esteban Nicolás, por parte y por constituido domicilio legal.- 2.- Atento a lo solicitado, y lo dispuesto por los Art. 472 y 478 y correlativos del C.P.C, líbrese en contra de la demandada Sra. ZERPA IRIS MARIEL, D.N.I. Nº 32.569.935, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de $480.000 en concepto de capital reclamado, con más la suma de $96.000.- presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. 3.- En defecto de pago trábese embargo sobre bienes muebles del demandado hasta cubrir ambas sumas, debiéndose designar depositario judicial de los mismos al propio demandado y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto nombre y domicilio del o de los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de mandar llevar la ejecución. 4.- Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza (Arts. 52 y 154 del C.P.C.) haciéndole saber que los días de notificación en Secretaría del Juzgado son los martes y jueves ó el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. 5.- Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. OFICIAL de JUSTICIA con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario. 6.- Proveyendo los escritos no 1189724 y no 1195913, agréguese y téngase presente el pago de aportes y Tasa de Justicia que adjunta el letrado. 7.- Hágase saber a la parte que a título de colaboración deberá confeccionar las medidas ordenadas y presentarlas en formato digital en la bandeja de oficios y diligencias colaborativas del SIG para su posterior control y firma.- 8.- Notifíquese por cedula.- mac Fdo: Dr. Diego Armando Puca-Juez Habilitado- Ante Mi: Dra. Luciana Laura Puig- Firma Habilitada.- Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces consecutivas en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 28 de Mayo de 2025.-
02/04/07 JUL. LIQ. Nº 40426 $4.800,00.-