BOLETÍN OFICIAL Nº 97 – 26/09/05

Icon_PDF_6

DECRETO Nº 3578-P.I.

EXPTE. Nº 600-260/2004

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 DE JUNIO DE 2005

 

VISTO:

Este expediente, caratulado: “MARIA R. BARCENA- MARTÍN RAMOS OFRECEN EN VENTA INMUEBLES EN LA LOCALIDAD DE VOLCAN”, y

 

CONSIDERANDO:

Que en el presente expediente se promueve la Adquisición de tierras que serán destinadas al Programa Federal de Emergencia Habitacional- I Etapa, otros Programas de Viviendas Sociales y la Relocalizacion de Asentamiento Irregulares; cuya situación de riesgo por las condiciones que presentan los lugares y situaciones que actualmente atraviesan deben ser resueltas con la mayor urgencia posible.

Que a fs. 15/16 obra Acta de la Comisión de Trabajo Ley Nº 5397; a través de la cual se establece que de la propuesta analizada se selecciona y recomienda la adquisición de las siguientes Parcelas: a) Parcela 3, 1.489,41 m2, Matricula H- 191, Padrón H-1530, Circunscripción 3, Sección 1, Manzana 18, y b) Parcela 4, de 2.152,40 m2, Matricula H-192, Padrón H-1531, Circunscripción 3, Sección 1, Manzana 18, ubicada en localidad de Volcán- Dpto. Tumbaya, de propiedad de la Sra. María Raquel BARCENA, que significaría una erogación de $20.000,00 por los dos inmuebles descriptos.

Que referente a los terrenos en cuestión, obran en autos Informe Técnico de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos (fs. 7), copias simples de las Matriculas de los inmuebles (fs. 12 y 13) y copia de Plano (fs. 6).

Que a fs. 18 la Dirección Provincial de Presupuesto produce informe de su competencia, asignando partida presupuestaria con la que se atenderá la presente erogación.

Que a fs. 21 Contaduría de la Provincia informa que la partida asignada cuenta con saldo disponible, procediendo a imputar  preventivamente el gasto con cargo a la misma (movimiento Nº 12.862 y pedido de provisión Nº 1825) .-

Que el Poder Ejecutivo Provincial no permanecer ajeno a la problemática planteada, debiendo adoptar los mecanismos administrativos necesarios que permitan resolver la acuciante situación que atraviesan los citados habitantes, con la urgencia  que el caso amerita y requiere; en el entendimiento que se  debe priorizar acudir a solucionar la conflictuada emergencia.

Que a fs. 25 obra Resolución Nº 1482-H/2005 por la que la Secretaria de Egresos Públicos autoriza la imputación correspondiente.

Que a fs. 28 interviene Coordinación del Dpto. As. Legal de Fiscalía de Estado emitiendo dictamen legal favorable.

Que se ha cumplido el proceso determinado por el Art. 3º de la Ley Nº 5397 que habilita la adquisición de tierras por la metodología de Compra Directa.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorizase a la Secretaria de Infraestructura dependiente del Ministerio de Producción, Infraestructura y Medio Ambiente, a adquirir en forma directa las siguientes Parcelas: a) Parcela 3, de 1.489,41 m2, Matricula H-191, Padrón H- 1530, Circunscripción 3, Sección 1, Manzana 18 y b) Parcela 4, de 2.152,40 m2, Matricula H-192, Padrón H-1531, Circunscripción 3, Sección 1, Manzana 18, ubicadas en localidad de Volcán- Dpto. Tumbaya, de propiedad de la Sra. María Raquel BARCENA, DNI Nº 2.437.897, por la suma total de: VEINTE MIL PESOS ($20.000,00).-

ARTICULO 2º.- Determinase que los inmuebles cuya adquisición se dispone por articulo anterior serán destinados a la Relocalizacion de asentamiento irregulares en todo el territorio provincial, en el marco del Programa Federal de Emergencia Habitacional- I Etapa, previsto por Ley Nº 5397.-

ARTICULO 3º.- La erogación autorizada se atenderá con imputaciones al rubro establecido en Resolución Nº 1482-H/2005 (fs. 25) (Partida 2-6-9-1 “Bienes Preexistentes” de la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro, del Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos- Ejercicio 2004), hasta la suma de $ 20.000,00.-

ARTICULO 4º.- La Secretaria de Infraestructura, de Ministerio de Producción, Infraestructura y Medio Ambiente, deberá previo a gestionar pago alguno por la compra del terreno autorizada por el Art. 1º, arbitrar los medios para que los mismos se encuentren libres de ocupantes y/o cosas y a que el oferente presente la certificación técnica de rigor, los certificados de Libre Deuda, exigibles según la naturaleza de la compraventa y el plano de mensura aprobado de la superficie adquirida.-

ARTICULO 5º.- Autorizase a escribanía de Gobierno a instrumentar la transferencia de dominio de los inmuebles cuya adquisición se dispone por el articulo 1º del presente dispositivo.-

ARTICULO 6º.- Dese cuenta a la Legislatura de la Provincia.-

ARTICULO 7º.- Previa intervención de Fiscalía de estado y Toma de Razón de Tribunal de Cuentas, vuelva a Ministerio de Producción, Infraestructura y Medio Ambiente. Dese a Boletín Oficial para su publicación- en forma integral, a  Dirección de Prensa. Pase a Dpto. Contable MPIMA., Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y siga a Secretaria General de la Gobernación y a Escribanía de Gobierno.-

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR