BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 30/09/05

Icon_PDF_6DECRETO ACUERDO Nº 3967-H/2005

Expte. Nº 500-904/05

SAN SALVADOR DE JUJUY 17 DE AGOSTO DE 2005

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Disponese que, a partir del 1º de agosto de 2005, los agentes comprendidos en el Decreto Acuerdo 3966-H- 2005 percibirán una remuneración neta no inferior a los PESOS SETECIENTOS ($ 700), sin computar, a tal efecto, el adicional otorgado en el mencionado acto administrativo, ni lo montos por asignaciones familiares.-

Para el computo de la remuneración  neta deberán contemplarse los adicionales de cualquier naturaleza con independencia del origen de los recursos previstos para su otorgamiento.-

 

  1. EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR