BOLETIN OFICIAL Nº 75 – 27/06/2025
El Dr. Enrique Rogelio Mateo juez en la Cámara en lo Civil y Comercial- Sala II- Vocalía 4 en el expediente caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: PARRAGA, FERNANDO MARCELO c/ JUAREZ, AURORA”, notifica a los herederos de Aurora Juárez (María Teresita Lizárraga y César Enrique Casas) el traslado de la demanda, de la providencia que a continuación se transcribe: A despacho hoy, 10 de agosto de 2021. Informo a V.S. que en el Expte. N° C-58093/15, caratulado: “Medidas Preparatorias: PARRAGA, Marcelo Fernando c/ JUAREZ, Aurora y otros” se han cumplimentado todos los requisitos previstos por la Ley 5486. San Salvador de Jujuy, 10 de agosto de 2021. I.- De la demanda ordinaria por prescripción veinteañal instaurada por Marcelo Fernando Párraga córrase traslado a Aurora Juárez, los herederos de la Sucesión de Ignacia Aurora Juárez: María Teresita Lizárraga y César Enrique Casas con domicilio en calle San Martín s/n, Nogoya, Provincia de Entre Ríos para que contesten dentro del término de QUINCE DIAS con más 10 días en razón de la distancia, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho para hacerlo, si así no lo hicieren. Intimase a los accionados para que dentro del plazo señalado, constituyan domicilio legal dentro del radio de asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles las resoluciones posteriores por Ministerio de Ley. II.-Notificaciones por Secretaría martes y jueves o el siguiente día hábil, sí alguno de ellos fuere feriado. III.- Cítase a los colindantes del inmueble objeto de la presente medida Sres. Hotel El Reposo del Diablo domiciliado en calle Alberro N° 1049 de la Ciudad de Tilcara, Santiago Eduardo Dupont y Marisa Eliana Rondón y el Sr. Luis Párraga para que tomen conocimiento del presente juicio y sí consideran afectados sus derechos, pidan participación como demandados, dentro del término de QUINCE DIAS hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparencia no afecta sus derechos. IV. Cítase y emplazase a quienes se consideren con derecho sobre los inmuebles individualizados como Parcela 12, Circunscripción 1. Sección 2, Manzana 15, Padrón 1-1459 y Parcela 13, Circunscripción 1, Sección 2, Manzana 15, Padrón I-1460 de la Localidad de Tilcara, de titularidad dominial de AURORA JUAREZ DE CASAS, a fin de que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados, dentro del término de QUINCE DIAS hábiles de notificados, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. Notifíquese mediante edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días. V. Citase a la MUNICIPALIDAD DE TILCARA y al ESTADO PROVINCIAL en los términos del Art. 534 inc. 1 y 2 de la Ley 5486, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideran afectados sus derechos pidan participación como demandados, dentro del término de QUINCE DIAS hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparencia no afecta sus derechos. VI.-Intimase a la parte actora a colocar el cartel indicativo con las referencias y dimensiones dispuestas en el Art. 536 de la Ley 5486, debiendo acompañar fotografías certificadas del mismo en el plazo de QUINCE DIAS. VII.- Actuando en autos el principio contenido en el primer párrafo del Art. 72 del C.P.C., impónese a la parte interesada la carga de confeccionar las diligencias y los EDICTOS ordenados para su posterior control y firma del Tribunal, los que deberán presentarse en Secretaría de esta Sala, VIII.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Enrique Rogelio Mateo – Juez – Ante Mi Dra. Ana Romina Nebhén-Secretaria. Publíquese por una vez en el Boletín Oficial y un diario de Entre Ríos. San Salvador de Jujuy, 23 de Junio del año 2025.-
27/30 JUN. 02 JUL. LIQ. Nº 40373 $4.800,00.-