BOLETIN OFICIAL Nº 74 – 25/06/2025
El Dr/a. juez/a en Juzgado de Primera Instancia Nº 1 – Secretaría 1, en el expediente C-200856/2022, caratulado: “Ejecutivo: LAMAS, ORLANDO SEBASTIAN c/ ABAN, CECILIA JOSEFA” , se ha dictado la siguiente providencia que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy 20 de septiembre de 2022.-I…-.II.- De conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado, ABAN, CECILIA JOSEFA, D.N.I. N°26.232.796 por la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000,00) en concepto de capital y con más la suma de PESOS NOVENTA MIL ($90.000,00) calculada para responder a ulteriores del juicio. En defecto de pago TRABESE EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. En el mismo acto cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- III.- Por el mismo término intímeselo a constituir domicilio dentro del radio de TRES KM. del asiento del Juzgado bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52 del Ítem.- IV.- Para el cumplimiento de lo ordenado comisionase al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA, con las facultades que le fuere menester.- V.- Notificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- VI.- Notifíquese Ministerio Ley(Art. 154 del C.P.C.).- Fdo: Dr. Juan Pablo Calderón Juez ante mi Dra. Córdoba Etchart Verónica Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, 14 de junio de 2024 I.- ….- II.- Proveyendo el escrito digital que antecede, atento a lo informado por Sr. Oficial de Justicia (31/10/2022; 10/02/2023; 22/03/2023 y 10/04/2024), lo informado por la Secretaria Electoral a (Escrito 01/03/2023), Policía de la Provincia (15/12/2022), por ANSES (25/09/2023) y certificado de negatividad que adjunta en escrito digital que antecede, notifíquese al demandado Sra. ABAN, CECILIA JOSEFA (DNI 26.232.796) por medio de Edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 474 del C.P.C., el Proveído de fecha 20/09/2022 y el presente. III.-Para el caso que el demandado Sra. ABAN, CECILIA JOSEFA (DNI 26.232.796) no se presente a contestar la demanda, oportunamente dese intervención al Defensor Oficial de Pobre y Ausentes que por turno corresponda (Art. 474 in fine del C.P.C.).-IV.- A tal fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de CINCO DIAS. V.- Actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art.72 del C.P.C y AC. 86/20., impónese al solicitante la carga de confeccionar el mismo debiendo presentarse con escrito en colaborativas del Sistema integral para su posterior control y firma.-VI.- Notifíquese Art.154 del C.P.C.-Dr. Juan Pablo Calderón- Juez – ante mi Dra. Verónica M. Córdoba Etchart- Procretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco dias.- San Salvador de Jujuy, 04 de Julio del 2024.-
25/27/30 JUN. LIQ. Nº 40360 $4.800,00.-