BOLETIN OFICIAL Nº 74 – 25/06/2025
DECRETO Nº 3176-S/2025.-
EXPTE. Nº 0716-895/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 MAY. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Promuévase a la Señora María Luisa Donaire, CUIL N° 27-11207428, al cargo categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley Nº 3161/74, de la U. de O.: R6-01-04 Hospital San Roque, a partir del 01 de enero de 2024, en el marco de lo establecido en la Ley N° 5502/05 y su Decreto Reglamentario N° 8865-H-07, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTÍCULO 2°.- La erogación emergente del presente Decreto se atenderá con las Partidas Presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIO 2025:
La partida de Gasto en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos, Ley N0 6440, para la U. de O.: R6-01-04 Hospital San Roque, la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando Créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro – denominada 1-1-1-1-1-60 Adecuación Ley 5502″.-
EJERCICIOS ANTERIORES
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26 para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, Correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.
ARTÍCULO 3°.- Instruyese a la Dirección Provincial de Personal, para el control cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del artículo 3°, Anexe
del Decreto N° 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100 bis de la Ley N° 3161/74 modificada por Ley N° 5748.-
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y Hacienda y Finanzas.‑
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase ala Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR