BOLETIN OFICIAL Nº 73 – 23/06/2025
CONCEJO DELIBERANTE MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA N° 334/2025.-
REF. “FORO LOCAL DE TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS”. (Expte. 105-CD-2025 Iniciado por concejales Amanda López y Marcelo E. López)
VISTO Y CONSIDERANDO;
La creciente problemática en torno a la tenencia irresponsable de mascotas en el ejido municipal de Puesto Viejo, tales como el abandono, la sobrepoblación animal, la falta de controles sanitarios, mordeduras, maltrato, y la necesidad de generar conciencia colectiva sobre la convivencia responsable con los animales domésticos;
Que, la tenencia responsable de mascotas implica un compromiso activo por parte de las personas, no solo en lo que respecta a brindar alimento, refugio y atención veterinaria, sino también en garantizar que su presencia no genere perjuicios a la comunidad ni al ambiente.
Que, en nuestra ciudad, como en muchas otras localidades del país, se registran situaciones preocupantes como la proliferación de perros callejeros, ataques a transeúntes, enfermedades zoonóticas, y abandono sistemático de animales, lo que genera un problema sanitario, social y ambiental.
Que, el artículo 41 de la Constitución Nacional garantiza el derecho a un ambiente sano, y que este principio también se vincula con el adecuado control poblacional de los animales, la promoción de la salud pública y el bienestar animal.
Que, resulta indispensable generar espacios participativos que permitan integrar a la comunidad, asociaciones civiles, veterinarios, protectoras de animales y organismos municipales en una mesa de diálogo, análisis y propuesta de políticas públicas destinadas al abordaje integral de la problemática.
Que, desde la Dirección de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Puesto Viejo, a través del área de Zoonosis, ya se vienen realizando acciones de atención y control veterinario, campañas de castración, vacunación antirrábica y concientización, por lo que se considera adecuada su designación como autoridad de aplicación de esta ordenanza.
Que, la creación de un Foro Local de Tenencia Responsable de Mascotas permitirá institucionalizar la participación ciudadana y fortalecer el vínculo entre la comunidad y el Estado, promoviendo un enfoque transversal, educativo y sanitario.
Por Ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el “Foro Local de Tenencia Responsable de Mascotas”, como espacio participativo, consultivo y de articulación comunitaria para el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de políticas públicas en materia de bienestar animal, salud comunitaria y control poblacional de mascotas.
Artículo 2º-. Es Objetivo General: Promover, desde un enfoque integral, participativo y educativo, la tenencia responsable de mascotas en el ámbito del Municipio de Puesto Viejo, como herramienta para el bienestar animal, la salud pública, la convivencia comunitaria armónica y el respeto por los derechos de los animales.
Artículo 3º-. Son Objetivos Específicos:
A. Concientizar a la población sobre los deberes y responsabilidades que implica convivir con un animal de compañía.
B. Fomentar prácticas de cuidado responsable, como la provisión de alimento, refugio, atención veterinaria, vacunación y control reproductivo.
C. Reducir la población de animales en situación de calle mediante campañas sistemáticas de castración, vacunación y adopción.
D. Establecer un registro municipal de mascotas con el fin de facilitar el control sanitario, la trazabilidad y el reencuentro en caso de extravío.
E. Desalentar el abandono y el maltrato animal, promoviendo marcos de sanción y denuncia, así como estrategias de prevención comunitaria.
F. Promover el trabajo articulado entre el Estado municipal, organizaciones sociales, instituciones educativas, profesionales veterinarios y vecinos/as en general.
G. Impulsar la educación animalista y ambiental en espacios escolares, comunitarios y barriales.
H. Favorecer la construcción de políticas públicas participativas, con base en diagnósticos territoriales y datos actualizados sobre la situación animal en Puesto Viejo.
I. Estimular la adopción responsable y evitar la compra indiscriminada de animales.
J. Colaborar en la detección y abordaje de enfermedades zoonóticas mediante acciones de prevención, diagnóstico y tratamiento conjunto con el sistema de salud.
Artículo 4º-. El Foro estará integrado por:
A. Representantes del Área de Zoonosis de la Municipalidad.
B. Representantes de la Dirección de Desarrollo Humano.
C. Representantes del Concejo Deliberante.
D. Representantes de cada institución educativa interesada en participar.
E. Representantes por cada asociación civil o protectora de animales debidamente registrada con sede en el ámbito de la municipalidad de Puesto Viejo.-.
F. Veterinarios/as con matrícula habilitada que expresen su voluntad de participación.
G. Vecinas y vecinos que se inscriban como voluntarios en las actividades del foro.
Artículo 5º-. La autoridad de aplicación de la presente ordenanza será el Área de Zoonosis de la Municipalidad de Puesto Viejo. Esta tendrá a su cargo la coordinación general del Foro y garantizará el funcionamiento operativo y administrativo del mismo.
Artículo 6º-. Serán funciones y deberes del Foro:
A. Proponer al Departamento Ejecutivo Municipal líneas de acción y campañas específicas.
B. Colaborar en la planificación y ejecución de operativos de vacunación, castración y desparasitación.
C. Coordinar jornadas educativas en escuelas, plazas y espacios comunitarios.
D. Promover la creación de un Registro de Mascotas y de Tenencia Responsable.
E. Evaluar periódicamente las problemáticas emergentes en la comunidad vinculadas a animales domésticos.
F. Realizar informes anuales de situación y recomendaciones al Concejo Deliberante.
Artículo 7º-. El Área de Zoonosis elaborará un cronograma anual de actividades del Foro, incluyendo campañas territoriales, capacitaciones, publicaciones, jornadas de adopción y actividades conmemorativas como el Día del Animal, entre otras
Artículo 8º-. El Foro sesionará de forma ordinaria al menos dos veces al año, y de forma extraordinaria cuando lo requiera alguna situación urgente o al pedido de al menos un tercio de sus miembros. Las sesiones serán públicas y se labrará acta de cada reunión.
Artículo 9º-. El Foro dictará su propio reglamento interno. Los integrantes del Foro tendrán carácter ad- honorem.
Artículo 10º-. Autorizar al Departamento Ejecutivo a celebrar convención con el fin de la concreción de la presente ordenanza.
Artículo 11º-. Invítese a las instituciones educativas, organizaciones civiles, agrupaciones barriales y vecinos en general a participar activamente del Foro, como una forma de involucramiento ciudadano en la protección y el bienestar animal.
Artículo 12º-. DE FORMA. –
SALA DE SESIONES, 29 DE MAYO 2025.-
Lic. María Amanda López
Presidente