BOLETÍN OFICIAL Nº 53 – 15/05/15

Icon_PDF_6DECRETO Nº 7658-P.-

EXPTE. Nº 200-21/2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 ABR. 2015.-

VISTO:

El Convenio Nº 40/13 suscripto entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la Provincia de Jujuy, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Convenio mencionado ut supra se informa la situación crítica en la que actualmente se encuentran distintos sectores agropecuarios de la Provincia de Jujuy;

Que, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca viene realizando acciones tendientes a proveer ayuda ante situación de daños por eventos naturales adversos y de acuerdo con lo estipulado por los Artículos 10 y 18, de la Ley Nº 26.509, implemente acciones para asistir financieramente a la reconstitución del aparato productivo, a los productores agropecuarios, recuperar la capacidad productiva y reducir la vulnerabilidad para eventos futuros;

Que, ante esta coyuntura es necesario brindar asistencia a los productores agropecuarios a fin de contribuir la crítica situación por la que atraviesa el sector;

Que, Asesoría Legal del Ministerio de Producción emite el pertinente dictamen, mediante el cual se manifiesta a favor del dictado del acto administrativo;

Que, por su parte Fiscalía de Estado, se expide, expresando que corresponde el dictado del acto administrativo de rigor, compartido por la Sra. Coordinadora del Departamento de Asuntos Legales;

Por ello, y de conformidad a los dispuesto por el Art.137º Inc.7, de la Constitución de la Provincia;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Ratifícase el Convenio Nº 40/13 suscripto el día 20 de Diciembre de 2013, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la Provincia de Jujuy, protocolizado mediante Escritura Pública Nº 43/14 obrante a fs.18/23.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR