BOLETIN OFICIAL Nº 71 – 18/06/2025
ADENDA ACLARATORIA DEL CONTRATO DE CESIÓN Y TRANSFERENCIA ONEROSA DE CUOTAS SOCIALES. Entre los Sres. ALEJANDRO BADIO HERRERA, DNI. Nº 22.906.921, y BETIANA ELIZABETH SAKA, DNI. Nº 26.217.834, ambos de nacionalidad ARGENTINA, de estado civil SOLTEROS, domiciliados en la calle Fascio Nº 158, barrio Centro, de SAN PEDRO DE JUJUY, denominados los cedentes por una parte; y por la otra parte, los Sres. DANIELA CAROLINA ABRAHAM, DNI. Nº 32.781.823, con domicilio en calle Arturo Moya Nº 134, del barrio Sarmiento, de SAN PEDRO DE JUJUY, y ERNESTO MARTIN MENDEZ, D.N.I. Nº 24.947.912, domiciliado en calle Nicolás Cuellar Nº 151, barrio Azucarero, de la localidad de La Esperanza, departamento de SAN PEDRO DE JUJUY, ambos de nacionalidad ARGENTINA, de estado civil SOLTEROS, denominados los cesionarios, se celebra la presente ADENDA ACLARATORIA DEL CONTRATO DE CESIÓN Y TRANSFERENCIA ONEROSA DE CUOTAS SOCIALES DE GRUPO ALBE S.R.L., que fuera firmado por estas mismas partes y en el mismo carácter, en fecha 07 de febrero de 2025, con certificación de firma ante la escribana María Valeria Bordallo, titular del registro notarial Nº 71, con asiento en la ciudad de San Pedro de Jujuy, actuaciones que fueran registradas en el Libro de Requerimientos Nº 27, Folio 266, Asiento 531.- La presente adenda se rige, por las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERO: Las partes manifiestan respecto a la proporción de cuotas sociales de GRUPO ALBE S.R.L. que adquiere cada cesionario, que estos serán titulares en partes iguales de la cantidad total de 150 cuotas sociales de pesos UN MIL ($ 1.000,00) cada una, en la sociedad GRUPO ALBE S. R. L. inscripta al folio Nº 102, Acta Nº 102 del Libro V de S.R.L. del Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con fecha 04 de febrero de 2.014 y registrada con copia, bajo el Asiento Nº 1, al Folio 1/10 del legajo XIX tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. del Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy con fecha 04 de febrero de 2.014, de modo que, le corresponde a la Sra. DANIELA CAROLINA ABRAHAM, DNI. Nº 32.781.823, la cantidad de 75 cuotas sociales de pesos UN MIL ($ 1.000,00) cada una, lo que representa una participación societaria del cincuenta por ciento (50%) en la sociedad GRUPO ALBE S.R.L.; y le corresponden al Sr. ERNESTO MARTIN MENDEZ, D.N.I. Nº 24.947.912, la cantidad de 75 cuotas sociales de pesos UN MIL ($ 1.000,00) cada una, lo que representa una participación societaria del cincuenta por ciento (50%) en la sociedad GRUPO ALBE S.R.L.- SEGUNDO: A partir de la firma de la presente adenda, se establece que la representación y el uso de la firma social, y la gerencia que está a cargo del Sr. ERNESTO MARTIN MENDEZ, designado como tal en el CONTRATO DE CESION Y TRANSFERENCIA ONEROSA DE CUOTAS SOCIALES DE GRUPO ALBE S.R.L., tendrá una duración de un año desde su designación, periodo que se fija conforme lo establecido en la cláusula sexta el contrato constitutivo, dejando sin efecto cualquier referencia a una duración de tiempo indeterminado que se hubiera hecho por fuera del contrato constitutivo.- Por este mismo acto, el Sr. Méndez ratifica su aceptación al cargo por el periodo aquí establecido (un año desde su designación).- TERCERA: Las partes se pronuncian favorablemente y sin objeción alguna con relación a la presente adenda del contrato de cesión y transferencia de cuotas sociales de GRUPO ALBE S.R.L., plasmada en el presente instrumento, firmando el mismo como muestra de su consentimiento.- En la ciudad de SAN PEDRO DE JUJUY, a los 07 días del mes de abril de dos mil veinticinco, se firman en prueba de conformidad CUATRO (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.- ACT. NOT. Nº B 00914532- ESC. MARIA VALERIA BORDALLO- TIT. REG. Nº 71- SAN PEDRO DE JUJUY- JUJUY.-
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
FISCALÍA DE ESTADO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES
RESOLUCION Nº 413-DPSC-2025.-
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 0301-079/2025.-
San Salvador de Jujuy, 10 de Junio de 2025.-
VISTO:
Las actuaciones de referencia en las que, el Dr. Federico Orihuela, apoderado de la entidad, solicita la Inscripción de la Adenda Aclaratoria del Contrato de Cesión y Transferencia Onerosa de Cuotas Sociales de “GRUPO ALBE S.R.L.”.
CONSIDERANDO:
Que, para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesora Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-
Por ello:
EL DIRECTOR DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO
RESUELVE:
ARTICULO 1°: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día de la Adenda Aclaratoria del Contrato de Cesión y Transferencia Onerosa de Cuotas Sociales de la razón social “GRUPO ALBE S.R.L.” Instrumento Privado obrante a fs. 29/30, DDJJ Persona expuesta políticamente (PEP) de la Sra. Daniela Carolina Abraham, Ernesto Martín Méndez obrante a fs. 18/21, DDJJ de Incompatibilidad/Prohibiciones del Sr. Méndez Ernesto Martín obrante a fs. 22, todos con firmas certificadas por la Escribana Publica María Valeria Bordallo, Titular del Registro Notarial nº 71 de la Ciudad de San Pedro.-
ARTICULO 2°: Agregar copias en autos, notificar a las partes y registrar
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
18 JUN. LIQ. Nº 40307 $3.700,00.-