BOLETIN OFICIAL Nº 71 – 18/06/2025

 

CONCEJO COMUNAL DE UQUIA.-

ORDENANZA 59/2024.-

PROYECTO DE ORDENANZA 59/2024-CMdU.-

Ref.: Calendarios de Actividades en la Comuna”

VISTO:

La Constitución Provincial, La Ley Orgánica de Municipios, y la necesidad de contar con un Calendario anual de actividades Culturales, Deportivas y Turísticas que se realizan en la localidad; y

CONSIDERANDO:

Que, este calendario ayudaría de manera significativa a la organización y difusión de las diversas actividades,

Que, en necesaria la implementación de este calendario confeccionado por la comisión municipal y las organizaciones locales a los efectos de planificación

Que contribuiría significativamente al turismo;

Por Ello

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE UQUIA SANCIONA LA ORDENANZA 59/2024.-

Artículo 1°: Crease el Calendario Anual de Actividades Culturales, Deportivas y Turísticas en la jurisdicción de la Comisión Municipal de Uquia-

Artículo 2°: Son objetivos del Calendario Anual de Actividades:

  1. a) La Planificación y coordinación, intentando evitar la superposición de acontecimientos programados y facilitando la prestación de servicios por parte de la Comisión Municipal otros entes gubernamentales y los servicios privados que los mismos requieren para su buena atención.
  2. b) Difundir y promocionar las Actividades Culturales, Deportivas y Turísticas del pueblo logrando más visitas por y para cada uno de los eventos, posicionando la propuesta turística de la localidad.
  3. c) Comprometer el apoyo municipal, a través de declaraciones de interés, logística, difusión, auspicios y/o publicaciones para todos aquellos eventos que estén incluidos en él-
  4. d) Lograr que a través de la realización de estos eventos el arribo de visitantes a lo largo del todo el año.
  5. e) Crear conciencia en los organizadores de tales actividades sobre los beneficios e importancia de asociar dichos eventos al mismo.

Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo Municipal a través de sus diferentes áreas será el encargado de suministrar el calendario de actividades, la que deberá ser publicada el dia 20 de diciembre de todos los años.

Artículo 4°: Se podrá incorporar nuevos eventos, a los establecimientos, previa petición realizada con mínimo de antelación a la fecha prevista.

Artículo 5°: Incorporar en le página Web oficial de la Comisión Municipal de Uquia, en la que se pueda acceder al Calendario de Actividades Culturales, Deportivas y Turisticas para su publicidad.

Artículo 6°: Registrar, Comunicar a quienes corresponda, Publicar, oportunamente archivar. –

Sala de Sesiones Uquia, 23 de septiembre de 2024.-

 

Gabriela A. Flores

Comisionada Municipal