BOLETIN OFICIAL Nº 71 – 18/06/2025
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
DECRETO N° 1550.25.041 .-
EXPEDIENTE N° 16 – 9591 – 2025 – 1.-
San Salvador de Jujuy, 10 JUN. 2025.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 8152/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 05/2025 de fecha 29 de Mayo de 2025, mediante el cual se instituye la posibilidad de que un Veterano de Malvinas sea quien tome la Promesa a la Bandera de las y los estudiantes de cuarto grado, a realizarse cada año, en la Escuela Municipal Marina Vilte; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Desarrollo Humano, el mismo expresa que no hay objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8152/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 05/2025 de fecha 29 de Mayo de 2025, mediante la cual se instituye la posibilidad de que un Veterano de Malvinas sea quien tome la Promesa a la Bandera de las y los estudiantes de cuarto grado, a realizarse cada año, en la Escuela Municipal Marina Vilte.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Desarrollo Humano, Dr. JULIO RODRIGO ALTEA, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Secretaría de Desarrollo Humano, y a la Coordinación General de Comunicación Municipal. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente