BOLETIN OFICIAL Nº 71 – 18/06/2025
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
EXPTE. N° 282-X-2025 c/Agdo. Nº 13696/2024.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
SAN SALVADOR DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA N° 8144/2025.-
ARTICULO 1°.- En virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 383º inc. VII) de la Ordenanza Nº 5988/2010, Artículo 41º y concordantes de la Ordenanza Nº 3898/2003 –Código Tributario Municipal- y Artículos 43º inc. 28) y 104º de la Carta Orgánica Municipal en vigencia, condónese el pago de la Tasa por Servicio de Inspección, Seguridad, Salubridad e Higiene, a la Firma RADIO SPORT S.R.L., C.U.I.T. Nº 30-70363342-7, desde el Período 9 del año 2022 al año 2023 (Total) y año 2024 (Total).-
ARTICULO 2°.- La exención acordada en el Artículo 1º de la presente, no superará en su conjunto el veinte por ciento (20%) de la recaudación global que se perciba por tal concepto.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido, archívese.-
SALA DE SESIONES, jueves 29 de mayo de 2025.-
Dr. Jorge Lisandro Aguiar
Presidente