BOLETIN OFICIAL Nº 71 – 18/06/2025

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPEDIENTE N° 16 – 9571 – 2025 – 1.-

DECRETO N° 1564.25.036 .-

San Salvador de Jujuy, 10 JUN. 2025.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 8140/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 05/2025 de fecha 29 de Mayo de 2025, mediante el cual se crea en el ámbito del Concejo Deliberante de San Salvador de Jujuy el Programa de Libros Barriales “Los Barrios, sus Historias y su Gente”, destinado a recuperar, documentar y difundir las memorias, identidades y expresiones culturales de los distintos barrios de la Ciudad; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento la señora Secretaria de Planificación, la misma expresa que no hay objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8140/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 05/2025 de fecha 29 de Mayo de 2025, mediante la cual se crea en el ámbito del Concejo Deliberante de San Salvador de Jujuy el Programa de Libros Barriales “Los Barrios, sus Historias y su Gente”, destinado a recuperar, documentar y difundir las memorias, identidades y expresiones culturales de los distintos barrios de la Ciudad.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Planificación y Ambiente Arq. ADRIANA P. DIAZ, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Secretaría de Planificación y Ambiente, a la Coordinación General de Comunicación Municipal y a las restantes Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo Municipal. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente