BOLETIN OFICIAL Nº 70 – 13/06/2025

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETO Nº 1563.25.007.-

EXPEDIENTE   N° 16 – 9570 – 2025 – 1.-

San Salvador de Jujuy, 10 JUN. 2025.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 8138/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 05/2025 de fecha 29 de Mayo de 2025, mediante el cual se deroga el Título XXVII “Tasa Retributiva de los Servicios de Conservación y Reparación de la Red Vial Municipal”, del Libro Segundo, Parte Especial del Código Tributario Municipal aprobado por Ordenanza N° 3898/2003, incorporado por la Ordenanza N° 7985/2024 y sus modificatorias, así como su Decreto Reglamentario N° 1495.24.008 y toda otra disposición reglamentaria, complementaria o interpretativa dictada en consecuencia y se deroga el Titulo XXXI “Tasa Retributiva de los Servicios de Conservación y Reparación de la Red Vial Municipal de la Ordenanza Impositiva 2024 N° 8121/2024; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento la Secretaría de Hacienda, su titular expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza N° 8138/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 05/2025 de fecha 29 de Mayo de 2025, mediante la cual se deroga el Título XXVII “Tasa Retributiva de los Servicios de Conservación y Reparación de la Red Vial Municipal”, del Libro Segundo, Parte Especial del Código Tributario Municipal aprobado por Ordenanza N° 3898/2003, incorporado por la Ordenanza N° 7985/2024 y sus modificatorias, así como su Decreto Reglamentario N° 1495.24.008 y toda otra disposición reglamentaria, complementaria o interpretativa dictada en consecuencia y se deroga el Titulo XXXI “Tasa Retributiva de los Servicios de Conservación y Reparación de la Red Vial Municipal de la Ordenanza Impositiva 2024 N° 8121/2024.-

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la Srta. Secretaria de Hacienda Lic. AGUSTINA MARIA APAZA, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Dirección General de Rentas y a las Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo Municipal. Asimismo comuníquese al Concejo Deliberante de la ciudad de San Salvador de Jujuy.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente