BOLETIN OFICIAL Nº 66 – 04/06/2025
DECRETO Nº 2535-S/2024.-
EXPTE. Nº 716-251/2007.-
AGREG. Nº 716-426/2010.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DIC. 2024.-
VISTO:
La Resolución N° 002674-S-2024, de fecha 08 de agosto de 2024; у
CONSIDERANDO:
Que, por el mentado acto administrativo se reconoció por el periodo comprendido entre el 15 de noviembre de 2000 al 31 de diciembre de 2009, el Adicional por Tareas Riesgosa a favor del Sr. Cristóbal Cesar Maraz, CUIL N° 20-13670613-7, cargo categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, dependiente de la U. de O.: R6-01-04 Hospital San Roque;
Que, la Unidad Sueldos del Ministerio de Salud, informa que el Nosocomio de referencia dio el alta y el ajuste del Adicional por Tareas Riesgosa 10% a favor del Sr. Maraz en los haberes del mes de marzo de 2010, adeudándose el periodo desde el 15 de noviembre de 2000 al 31 de diciembre de 2009;
Que, rola intervención de la Dirección Provincial de Capital Humano del Ministerio de Salud;
Que, la Dirección Provincial de Presupuesto emite informe de su competencia, indicando la partida presupuestaria para la presente erogación haciendo lo propio Contaduría de la Provincia;
Que, Asesoría Legal de Fiscalía de Estado emite dictamen favorable compartido por la Dirección Provincial de Asuntos Legales de dicho organismo, de cuyos términos se desprende que, se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente acto administrativo, por el cual se autorice la partida de la deuda pública para el pago del adicional por tareas riesgosa 10%, por el periodo comprendido entre el 15 de noviembre de 2000 al 31 de diciembre de 2009 a favor del Sr. Maraz;
Por ello, en uso de facultades propias y a los efectos de su regularización administrativa;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación derivada del Expediente N° 716-0251/2007 y agregado, caratulado: “REF/SE CONSIDERE LA TRANSFERENCIA DEFINITIVA AL CARGO CORRESPONDIENTE A MARAZ CESAR CRISTOBAL PERTENECIENTE AL MINISTERIO DE SALUD”, cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables a la Partida “3-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2024, Ley N° 6371, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto debiendo el organismo respectivo cumplir con la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.-
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Jefe de Gabinete, de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR