BOLETIN OFICIAL Nº 64 – 30/05/2025
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA N° 323/2025.-
REF. “PROGRAMA MUNICIPAL DIA DEL HIMNO NACIONAL ARGENTINO”. (Expte. 52-CD-2025 Iniciado por los concejales Amanda López y Marcelo López).
VISTO Y CONSIDERANDO;
La importancia de conmemorar y poner en valor los símbolos patrios como expresión de identidad y soberanía nacional, y
Que, el Himno Nacional Argentino, adoptado oficialmente en 1813 por la Asamblea del Año XIII, representa uno de los emblemas más significativos de nuestra Nación, reflejando los ideales de libertad, independencia y unidad del pueblo argentino.
Que, el 11 de mayo de cada año se celebra el Día del Himno Nacional, en conmemoración a la fecha en que se entonó por primera vez la versión oficial compuesta por Vicente López y Planes y musicalizada por Blas Parera.
Que, es deber del Estado municipal fomentar el conocimiento, el respeto y la difusión de los símbolos patrios como herramienta de fortalecimiento de la identidad local y nacional, especialmente entre las nuevas generaciones.
Que, el ámbito educativo, cultural y comunitario son espacios fundamentales para la transmisión de valores patrióticos, el rescate de la memoria histórica y la construcción de ciudadanía.
Que, la Municipalidad de Puesto Viejo considera fundamental instaurar un programa institucional que permita conmemorar de manera activa y participativa esta fecha significativa, involucrando a establecimientos educativos, organizaciones de la sociedad civil y a toda la comunidad.
Por Ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la municipalidad de Puesto Viejo el Programa Municipal “Día del Himno Nacional Argentino”, a desarrollarse anualmente cada 11 de mayo, con el objetivo de conmemorar y reflexionar sobre la importancia histórica, cultural y simbólica del Himno Nacional como emblema de la Nación Argentina.
Artículo 2º-. Establécense como Objetivos Generales del programa:
- Promover el respeto, conocimiento y valoración del Himno Nacional Argentino como símbolo de la identidad y unidad nacional.
- Fomentar la participación ciudadana en actividades culturales, educativas y comunitarias vinculadas a la historia y significado del himno.
Artículo 3º-. Establécense como Objetivos Específicos:
- Difundir la historia de la creación del Himno Nacional y sus autores.
- Incentivar el estudio de la letra y la música del himno en escuelas y espacios educativos.
- Reforzar el sentido de pertenencia, ciudadanía y respeto a los símbolos patrios.
- Generar espacios de reflexión colectiva y actividades que vinculen la cultura local con los valores nacionales.
Artículo 4º-. Desígnase como autoridad de aplicación de la presente ordenanza a la Dirección de Cultura, en conjunto con el Área de Educación dependiente de la Dirección de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Puesto Viejo.
Artículo 5º-. Son tareas y deberes de la autoridad de aplicación:
- Planificar y coordinar las actividades del programa cada año.
- Articular con instituciones educativas, organizaciones culturales, artísticas y comunitarias del municipio.
- Promover la participación de estudiantes, docentes, artistas locales y vecinos en general.
- Elaborar materiales didácticos, audiovisuales y gráficos que acompañen las actividades.
- Gestionar los recursos necesarios para el desarrollo del programa.
- Elaborar un informe anual con las acciones realizadas y sugerencias para futuras ediciones.
Artículo 6º-. Las actividades que podrán realizarse en el marco del presente programa incluyen, entre otras:
- Actos escolares y comunitarios con interpretación del Himno Nacional.
- Jornadas educativas y talleres sobre historia y símbolos patrios.
- Concursos de poesía, arte, música o literatura relacionados con el Himno y los valores nacionales.
- Exposiciones artísticas, muestras fotográficas o audiovisuales.
- Proyecciones de documentales o charlas abiertas a la comunidad.
- Entrevistas o actividades con músicos locales, historiadores o referentes culturales.
- Intervenciones culturales en espacios públicos.
Artículo 7º-. Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenios de colaboración con organismos provinciales, nacionales, organizaciones no gubernamentales e instituciones privadas para la implementación del presente programa.
Artículo 8º-. DE FORMA. –
SALA DE SESIONES, 24 DE ABRIL 2025.-
Lic. María Amanda López
Presidente