BOLETIN OFICIAL Nº 64 – 30/05/2025

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-

ORDENANZA N° 317/2025.-

REF. “SEMANA MUNICIPAL DE LUCHA CONTRA EL BULLYING. (Expte. 46-CD-2025 Iniciado por los concejales Amanda López y Marcelo López).

VISTO Y CONSIDERANDO;

La persistente y preocupante problemática del acoso escolar o bullying, que afecta de manera directa e indirecta a niñas, niños, adolescentes y jóvenes en distintos ámbitos de socialización, especialmente en el contexto educativo; y

Que, el bullying constituye una forma de violencia reiterada e intencionada, ejercida entre pares, que puede manifestarse de manera física, verbal, psicológica, social o virtual (ciberbullying), generando profundas consecuencias en el bienestar emocional, la autoestima y el rendimiento académico de quienes lo sufren.

Que, este fenómeno no sólo daña a las víctimas, sino que también afecta a quienes lo ejercen, a los espectadores pasivos y al clima institucional general, impactando negativamente en la calidad de la convivencia escolar y comunitaria.

Que, diversos estudios nacionales e internacionales advierten sobre la necesidad de implementar políticas públicas locales que fomenten la prevención del bullying y promuevan activamente el respeto a la diversidad, la empatía y la resolución pacífica de los conflictos desde edades tempranas.

Que, la Ley Nacional Nº 26.892 de “Promoción de la convivencia y el abordaje de la conflictividad en las instituciones educativas”, establece lineamientos para garantizar el respeto a los derechos de las y los estudiantes en un marco de inclusión, participación y diálogo, y que los gobiernos locales tienen un rol estratégico en su cumplimiento.

Que, resulta indispensable crear espacios de concientización, formación y participación activa para abordar esta problemática desde un enfoque integral, intersectorial y territorial, articulando acciones entre el Estado, las escuelas, las familias y la comunidad en su conjunto.

Que, la Municipalidad de Puesto Viejo, a través de sus áreas correspondientes, tiene el deber de impulsar políticas orientadas al fortalecimiento de vínculos saludables, la prevención de la violencia en todas sus formas y la promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Por Ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º-. Declárase la primera semana del mes de mayo de cada año como la “Semana Municipal de Lucha contra el Bullying”, en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo, con el objetivo de generar conciencia, prevenir el acoso entre pares y promover relaciones basadas en el respeto, la empatía y la convivencia pacífica.

Artículo 2º-. La presente ordenanza tiene por Objetivo General: Promover una cultura de convivencia pacífica, respeto a la diversidad y prevención de la violencia entre pares en todos los ámbitos sociales, especialmente en el sistema educativo.

Artículo 3º-. Son Objetivos Específicos:

  1. Visibilizar la problemática del bullying en la comunidad local y sus consecuencias en la salud física, emocional y social de niños, niñas y adolescentes.
  2. Generar espacios de formación y reflexión para estudiantes, docentes, familias y agentes municipales sobre la prevención, detección temprana y abordaje del bullying.
  3. Incentivar el compromiso de las instituciones educativas, organizaciones sociales y deportivas en la construcción de entornos protectores y libres de violencia.
  4. Fomentar el desarrollo de campañas de sensibilización con perspectiva de derechos, inclusión y no discriminación.
  5. Promover el protagonismo juvenil como agentes activos en la construcción de la cultura del buen trato.

Artículo 4º-. Durante la “Semana Municipal de Lucha contra el Bullying”, el Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección de Desarrollo Humano y sus áreas específicas (Niñez, Adolescencia, Género y Diversidad, Educación, Deportes e Inclusión), deberá planificar, coordinar y ejecutar una agenda de actividades con enfoque preventivo, educativo y participativo, que podrá incluir:

*Charlas, talleres, debates y foros en instituciones educativas.

*Campañas visuales y audiovisuales en medios locales y redes sociales.

*Jornadas deportivas, culturales y recreativas que promuevan la integración y el respeto.

*Actividades de capacitación para docentes, equipos técnicos y agentes municipales.

*Producción y difusión de materiales pedagógicos adaptados a cada nivel educativo.

Artículo 5º-. Invítese a las instituciones educativas públicas y privadas, organizaciones sociales, clubes deportivos, iglesias, medios de comunicación, centros vecinales y otras entidades de la sociedad civil a sumarse a las actividades propuestas en el marco de esta ordenanza, fortaleciendo el trabajo interinstitucional.

Artículo 6º-. Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar convenios y alianzas con organismos provinciales y nacionales, públicos o privados, que promuevan acciones de capacitación, formación, investigación o intervención en relación con la problemática del bullying y la convivencia escolar.

Artículo 7º-.  DE FORMA.-

SALA DE SESIONES, 24 DE ABRIL 2025.-

 

Lic. María Amanda López

Presidente