BOLETIN OFICIAL Nº 61 – 23/05/2025
Dra. María Leonor del M. Espeche, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, Secretaria Nº 11, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. BAO, JUAN JOSE DNI Nº 20261684 que se ha dictado la providencia que a continuación dse transcribe: “- – – San salvador de Jujuy, 09 de Diciembre de 2024.- AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº C-203395/22 caratulado: “Prepara Vía Ejecutiva Castillo S.A.C.I.F.I.A. c/ Bao Juan José” y CONSIDERANDO: …, RESUELVE 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por Castillo S.A.C.I.F.I.A. en contra de Bao juan José D.N.I. 20.261.684 hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de pesos $184.062,45 con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235) tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción de cada uno de los títulos y hasta la mora (26-10-19), y de allí en más los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, con más un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa mencionada, desde la mora y hasta su efectivo pago, con más IVA si correspondiere.- 2º) Imponer las costas a la parte demandada vencida (Art. 128 del CPCC). 3º) Diferir la regulación de honorarios del profesional interviniente, hasta tanto se practique y apruebe en autos planilla general de liquidación.- 4º) Notificar la presente sentencia al demandado en el domicilio real (art. 169 del CPCyC).- 5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber. Fdo. Dra. María Leonor del M. Espeche – Juez- Ante mí: Dra. Carolina Andrea Farfán-Secretaria. “Publíquese edictos en el Boletín oficial y en un diario local por el termino de un (1) día.-
23 MAY. LIQ. Nº 39763 $1.600,00.-