BOLETIN OFICIAL Nº 60 – 21/05/2025
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LA QUIACA
ORDENANZA Nº 12/2025.-
VISTO
La Petición de Solicitud de Gestión aceptación de donación de calles, por la Sra. Ana María España”, ref. a la apertura de calles, con ubicación real, Prolongación Árabe Siria – identificado como Parcela 1146- Padrón Nº 6508- Circunscripción 1- Sección 2, mensura realizada por el Ing. Fermín Villarrubia, predio ubicado en el sector sur oeste de la ciudad, y…
CONSIDERANDO:
Que, se da formal tratamiento a la petición del ciudadano/a Ana María España, mencionada Ut Supra, teniendo como estado final de de la misma, el pase a la comisión correspondiente para su pronto análisis, siendo el argumento principal de lo peticionado la realización de la legislación local en cuanto amerite el tema.-
Que, la Sra. Ana María España con D.N.I. Nº 10.473.528, presentó nota donde expresa su voluntad de donar terrenos de aperturas de calles.-
Que, de acuerdo a esos argumentos dictamina la comisión y en cuanto a la documentación presentada, de Fº 3, se observa el plano de Mensura de fracción parcelaria para la donación de calles de Padrón Nº 6508- Parcela 1146.-
Así mismo, se adjunta una copia fiel del plano de Mensura para donación de calles, donde detalla: propietario, dominio, croquis, etc.-
Que, la documentación presentada responde y cumple con lo solicitado según Ley de Fraccionamiento de Tierras de la Provincia de Jujuy donde se precisa la ubicación de la fracción donada.-
Que, corresponde al Concejo Deliberante, dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad de La Quiaca, sin afectar el perfil urbanístico- rural que la caracteriza.-
Por todo ello y de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipios 4466/89 y Reglamento Interno.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LA QUIACA SANCIONA LA SIGUIENTE LA ORDENANZA N° 12/2025.-
ARTÍCULO 1°: Aceptase, la donación de terreno destinado a la apertura de calle por parte de la Sra. Ana María España, D.N.I. Nº 10.473.528, individualizado como Parcela 1146- Padrón Nº 6508- Circunscripción 1- Sección 2, del predio ubicado en calle Prolongación Árabe Siria, según planimetría adjunta.-
ARTÍCULO 2°: Dispóngase, que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente deberá realizar todos los tramites y ante los organismos que correspondan a los efectos de materializar la donación establecida en el articulo precedente.-
ARTÍCULO 3°: Notificar a los organismos provinciales pertinentes de la presente ordenanza.-
ARTICULO 4°: Dese amplia difusión. Cumplido, Archívese.-
Sala de Sesiones, 30 de Abril de 2025.-
Lic. Trinidad Taboada
Presidente