BOLETIN OFICIAL Nº 53 – 07/05/2025

DECRETO Nº 3103-JG/2025.-

EXPTE. Nº 242-14/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 ABR. 2025.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Adécuese a la agente DRA. NORA ISABEL CALISAYA, CUIL Nº 27-26451303-6, Personal de Planta Permanente de la Dirección Provincial de Boletín Oficial e Imprenta del Estado, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, quien revista en el cargo Categoría A-1, Escalafón Profesional, Ley Nº 4413, al cargo Categoría A-2 del Escalafón Profesional, Ley Nº 4413 conforme lo dispuesto por el Decreto Nº 5064-HF/2021, a partir del 13 de julio del año 2022, conforme a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- La erogación emergente del presente decreto, se atenderá con las siguientes previsiones presupuestarias contempladas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2025 Ley Nº 6440, que prevé las siguientes partidas para:

 

EJERCICIOS ANTERIORES:

Deuda Publica Provincial “03-10-15-01-26-0” para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Publica.-

 

EJERCICIO 2025:

Las partidas de Gastos de Personal, asignadas a la Jurisdicción “U” JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, Unidad de Organización 10A Dirección Provincial de Boletín Oficial e Imprenta del Estado, las que de resultar insuficientes tomarían fondos de la partida “01-01-01-01-01-100” Regularización Decretos 5064-HF-21 y 5351-HF-22, correspondiente a la Jurisdicción “K” Obligaciones a cargo del Tesoro.-

 

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Jefe de Gabinete y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 4º.- regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su conocimiento y posterior difusión. Siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Boletín Oficial e Imprenta del Estado para su conocimiento. Cumplido, vuelva a la Jefatura de Gabinete de Ministros a sus demás efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR