BOLETIN OFICIAL Nº 51 – 30/04/2025
La Dra. María Espeche, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia Nº 6- Secretaría 12, en el Expediente B-007697/1996, caratulado: “Concurso Preventivo: CHECA, RAUL ALBERTO“, notifica a acreedores verificados y demás interesados en los presentes autos, el decreto que a continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 15 de abril de 2025. 1. (…). 2. Proveyendo al escrito nº 1463453 presentado por el Dr. Ramón Eduardo NEBHEN en representación del Sr. Raúl Alberto CHECA, DNI 10.616.975. En razón del principio iura novit curia, se entiende su petición como un planteo de prescripción de los créditos verificados. En consecuencia, atento que el expediente no tiene movimientos desde hace veintiséis años, a los fines de resguardar el derecho de defensa y darle publicidad al requerimiento, se pone en conocimiento la solicitud del concursado de la prescripción de los créditos verificados, conclusión del presente Concurso Preventivo y levantamiento de inhibiciones, corriéndosele traslado por el plazo de CINCO DÍAS hábiles (art. 273 inc. 1º y 2º LCQ), a acreedores verificados y demás interesados, a través de EDICTOS que deberán publicarse durante cinco días en el Boletín Oficial y en un diario de amplia circulación local. El plazo comenzará a correr desde el último día de publicación de edictos. A tales efectos, y como recaudo procesal, se pone en conocimiento de los interesados los siguientes datos: -Expediente Reconstruido: B-07697/1996: Concurso Preventivo: CHECA, Raúl Alberto. -Radicación: Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial nº 6, Secretaría nº 12. -Concursado: Raúl Alberto CHECA, DNI 10.616.975. -Sentencia de Apertura de Concurso Preventivo: 25/06/1996 (fs. 67/68 Legajo de Copias). -Sentencia de Homologación de Acuerdo Preventivo: 30/06/1998 (Copia Adjunta al Escrito nº 1424419 del Expediente Digital). -Expediente paralizado y archivado mediante Orden nº 60 del año 2003. (…) 4.- Proveyendo al escrito nº 1610982 presentado por el Dr. Nebhen. Se tiene presente la planilla prontuarial acompañada que da cuenta de la inexistencia de antecedentes penales y policiales del concursado. 5.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dra. María Espeche, Juez; ante mi, Dr. Fabián Lemir, Prosecretario”.-
25/28/30 ABR. 05/07 MAY. LIQ. Nº 39603 $5.700,00.-