BOLETIN OFICIAL Nº 49 – 28/04/2025

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO

ORDENANZA N° 315/2025

REF. “ADHESIÓN A LEY PROVINCIAL N° 6447/24 CREACIÓN DEL REGISTRO ÚNICO DE ESCUELAS DEPORTIVAS, AMATEURS Y BARRIALES DE LA PROVINCIA DE JUJUY”. (EXPTE.23-CD-2025 Iniciado por los concejales López Amanda y López Marcelo).

VISTO Y CONSIDERANDO;

La Ley Provincial N° 6447/24, que dispone la creación del Registro Único de Escuelas Deportivas, Amateurs y Barriales en la provincia de Jujuy, con el propósito de regular, habilitar y acompañar a dichas entidades en su funcionamiento y desarrollo.

Que, el mencionado registro tiene como finalidad identificar y visibilizar las escuelas deportivas, amateurs y barriales, con o sin personería jurídica, destinadas a la formación y recreación de niños, niñas y adolescentes en el ámbito municipal y provincial.

Que, su implementación permitirá obtener información precisa sobre la cantidad y ubicación de estas entidades, facilitando el diseño de políticas públicas adecuadas para su reconocimiento, fortalecimiento y articulación con organismos del Estado y organizaciones de la sociedad civil.

Que, el registro contribuirá al control y seguimiento del cumplimiento de normas mínimas de funcionamiento y habilitación, garantizando condiciones de seguridad, integridad y corresponsabilidad en el trabajo con la niñez y la adolescencia.

Que, además, proporcionará indicadores clave para el desarrollo de programas específicos según la región y la población beneficiaria, incorporando enfoques de género y discapacidad para una planificación más inclusiva.

Que, su implementación favorecerá una mejor interacción entre las entidades deportivas y el Estado, promoviendo el desarrollo integral de la infancia y la adolescencia a través del deporte y asegurando la protección de sus derechos.

POR ELLO;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º-. ADHIÉRASE, la Municipalidad de Puesto Viejo, en todos sus términos a LEY PROVINCIAL N° 6447/24 CREACIÓN DEL REGISTRO ÚNICO DE ESCUELAS DEPORTIVAS, AMATEURS Y BARRIALES DE LA PROVINCIA DE JUJUY”.

Artículo 2º-. ELÉVESE al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos Dese a conocer a través de los medios de comunicación. Publiqué en el Boletín Oficial. Regístrese. Cumplido. ARCHIVESE.

SALA DE SESIONES, 10 DE ABRIL 2025-.

Lic. María Amanda López

Presidente