BOLETIN OFICIAL Nº 49 – 28/04/2025
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO
ORDENANZA N° 309/2025
REF. “CAMPAÑA DE DIFUSIÓN Y ACCESO A LAS LÍNEAS POLICIALES Y DE EMERGENCIA”. (EXPTE.14-CD-2025 Iniciado por los concejales López Amanda y López Marcelo).
VISTO Y CONSIDERANDO;
La seguridad ciudadana constituye un pilar fundamental para el desarrollo social, económico y comunitario, siendo esencial garantizar que la población cuente con información oportuna y accesible para la atención de emergencias.
Que, en la reciente Reunión de Seguridad en la que participaron representantes de cada barrio de las diversas localidades que conforman el ejido del Municipio de Puesto Viejo, se manifestaron inquietudes y demandas relativas a la difusión de los canales de comunicación para emergencias y asistencia policial.
Que, la transparencia en la difusión de las líneas policiales y de emergencia no solo fortalece la confianza entre la ciudadanía y las autoridades, sino que permite una respuesta inmediata y coordinada ante situaciones de riesgo o eventualidades.
Que, resulta prioritario establecer mecanismos claros y obligatorios para la exhibición de la información referente a las líneas de contacto de emergencia, a fin de que comercios, instituciones públicas y dependencias municipales cumplan con este compromiso de cara al bienestar general de la comunidad.
Que, la normativa vigente en materia de seguridad y orden público demanda acciones proactivas y preventivas para evitar demoras en la comunicación y asistencia, permitiendo a los vecinos actuar de manera informada y eficaz ante cualquier eventualidad.
Que, en aras de responder a las inquietudes ciudadanas y de garantizar un ambiente seguro y ordenado, se requiere la formulación de una ordenanza integral que establezca obligaciones claras y responsabilidades definidas en la materia.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la municipalidad de Puesto Viejo la campaña de difusión y acceso a las líneas policiales y de emergencia, cuyo objeto es regular la divulgación, exhibición y acceso público a las líneas policiales y de emergencia, asegurando que toda la ciudadanía del Municipio de Puesto Viejo cuente con información precisa y actualizada para la atención de situaciones de riesgo. Aplica en todo el territorio de la municipalidad, abarcando establecimientos comerciales, instituciones públicas y dependencias propias del gobierno municipal.
Artículo 2º-. Esta ordenanza tiene como objetivos generales:
- Garantizar el acceso de la población a información clara, visible y actualizada sobre los números de emergencia y asistencia policial.
- Fomentar una cultura de seguridad ciudadana basada en la prevención y la rápida respuesta ante incidentes.
- Promover la participación activa de los comercios, instituciones públicas y dependencias municipales en la difusión de información clave para la seguridad.
- Establecer mecanismos de control y seguimiento que aseguren el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente ordenanza.
Artículo 3º-. Objetivos Específicos – Para el cumplimiento de los objetivos generales, se establecen los siguientes objetivos específicos:
- Todas las instituciones públicas y dependencias municipales ubicadas en las distintas localidades que componen el ejido de la municipalidad de Puesto Viejo deberán exhibir en un lugar visible las líneas policiales y de emergencia.
- Invitar a todos los comercios ubicados en las distintas localidades que componen el ejido de la municipalidad de Puesto Viejo a exhibir en un lugar visible las líneas policiales y de emergencia.
- Implementar inspecciones periódicas a cargo de la Guardia Urbana de la Municipalidad de Puesto Viejo para verificar el cumplimiento de la exhibición de la información.
- Sensibilizar a la comunidad sobre la importancia de la rápida comunicación con las autoridades en caso de emergencias.
- Garantizar que la información de contacto de las líneas de emergencia esté actualizada y disponible en formatos accesibles para toda la población, incluyendo personas con discapacidades visuales.
Artículo 4º-. Será autoridad de aplicación de la presente ordenanza el Área de seguridad a través de la Guardia Urbana Municipal.
Artículo 5º-. La información deberá ser presentada en soportes físicos (carteles, pizarras informativas, paneles digitales, entre otros) y, de ser posible, en formatos que garanticen su legibilidad a la mayor cantidad de usuarios, incluidos aquellos con discapacidades visuales.
Artículo 6º-. Responsabilidad y Función de la Autoridad de Aplicación:
A .Realizar tareas de verificación y seguimiento del cumplimiento de la presente ordenanza.
- Será la encargada de confeccionar un folleto o un documento PDF, para distribuirlo entre los vecinos. Que será organizado en secciones:
Seguridad
*Policía de Puesto Viejo.
*Comisaría de la Mujer.
*Fiscalía de la Provincia.
Salud
*CAPS – Localidad
*CAPS – Localidad 2
*Hospital más cercano.
Otros Servicios de Emergencia
*Bomberos.
*Defensa Civil.
- Será responsable de verificar mensualmente que los números de emergencia se mantienen sin modificaciones. en caso de detectarse algún cambio, de detectarse algún cambio, deberá proceder a la actualización de la información destinada a su distribución.
- Corresponderá a la autoridad de aplicación realizar inspecciones periódicas en los establecimientos y dependencias señaladas, garantizando la correcta exhibición de la información.
Artículo 7º-. La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el boletín oficial del Municipio de Puesto Viejo.
Artículo 8º-. DE FORMA. –
SALA DE SESIONES, 10 DE ABRIL 2025-.
Lic. María Amanda López
Presidente