BOLETIN OFICIAL Nº 49 – 28/04/2025

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAIMARA.-

ORDENANZA N° 068/HCDM/2025.-

“ACTUALIZACIÓN DEL CUADRO TARIFARIO SERVICIO ALTERNATIVO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS”.-

VISTO:

Las Notas N°189/25/HCDM y 190/25/HCDM presentadas por la Asociación de Taxis 7 de Mayo de la localidad de Maimará;

La Ley Orgaánica de los Municipios N°4466/89 y Modificatorias.

CONSIDERANDO:

Que, en los meses de Febrero y Marzo del año 2025 la Asociación de Taxis 7 de Mayo de la Ciudad de Maimará presenta dos notas, SOLICITANDO la actualización del Cuadro Tarifario del Servicio Alternativo de Transporte de pasajeros, en la cual exponen sus argumentos;

Que, según la Ordenanza N° 033/2022/HCDM, “RÉGIMEN DE OTORGAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ALTERNATIVO DE PASAJEROS”, es facultad exclusiva del HCDM legislar sobre todo lo relativo al Servicio de Transporte Alternativo de Pasajeros en la Jurisdicción de Maimará, provincia de Jujuy;

Que, debemos hacer expresa la mención a la inflación como un flagelo económico que produce graves distorciones en todo el sistema económico debido a su imprevisibilidad y el preciso caso no es ajeno a esto. Por tales argumentos y debido a que no se puede predecir con absoluta exactitud la fecha y la cuantía del aumento sostenido del nivel general de precios considera;

Que, la ACTUALIZACIÓN DEL CUADRO TARIFARIO es consecuencia de lo anteriormente expuesto en resguardo de la actividad laboral desarrollada por la Asociación de Taxis y es obligatoria la exhibición del mismo en las unidades de trabajo;

Que, tambien es necesario expresar que los Derechos de los Usuarios están contemplados en la citada Ordenanza, artículos 16°, 17° y concordantes, los cuales deben ser garantizados en todas sus partes;

Que, es importante recalcar que la proxima actualización del cuadro tarifario será tratada en caso de haber un incremento brusco del precio del combustible;

Por todo lo expuesto el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAIMARÁ, en uso de las faculades que les confiere la Ley Organica de los Municipios y el Reglamento Interno, SANCIONA:

CON FUERZA DE LEY LA ORDENANZA N°068/2025/HCDM.-

“ACTULIZACIÓN DEL CUADRO TARIFARIO SERVICIO DE TRANSPORTE ALTERNATIVO DE PASAJEROS”.-

ARTICULO 1°: Apruebese la Actualización del Cuadro Tarifario, que como ANEXO 1 se adjunta a la presente, formando parte de la misma, el que entrará en vigencia luego de su promulgación por el Depertamento Ejecutivo Municiapal.-

ARTÍCULO 2°: Manifiestese que el Horario Nocturno comienza a partir de Hs.23:00 hasta Hs.05:30.

ARTICULO 3°: Manifiestese que mayores de 5 años deben abonar el pasaje correspondiente.

ARTÍCULO 4°: Manifiestese que los días Domingos y Feriados el boleto se cobrará igual que la Tarifa Nocturna.

ARTÍCULO 5°: Remítase y Comuníquese al PODER EJECUTIVO y demás Áreas que correspondan, PUBLÍQUESE oportunamente ARCHÍVESE.

Dada en la Sala de Sesiones Especiales del Concejo Deliberante de Maimará, a los 14 días del mes de Abril del 2025.-

 

Pablo Martín Ramos

Presidente

 

CUADRO GENERAL TARIFARIO ABRIL 2025
SERVICIO ALTERNATIVO DE TRANSPORTE
RECORRIDO COMPARTIDO TARIFA NORMAL TARIFA NOCTURNA
MAIMARÁ – TILCARA $1300 $1400
MAIMARÁ-SUMALAWA-SAN PEDRITO-SUMAJ PACHA $1000 $1100
MAIMARÁ POR AV. BELGRANO-CEMENTERIO $800 $900
MAIMARÁ CENTRO-B° SAN MARTÍN-LA OBRERA CERRITO SOBRE RUTA 9 $800 $900
SUMALAWA-SAN PEDRITO-SUMAJ PACHA Y VICEVERSA $900 $1000
Horario Nocturno a partir de Horas 23:00 hasta Horas 05:30 Mayores de 5 años deben abonar pasaje Domingos y Feriados el boleto se cobrará como Tarifa  Nocturna

 

Datos Personales del Chofer

Apellido y Nombre:

D.N.I.:                                                                                                                                  Foto

Nº Oblea:

Telefono:

 

Pablo Martín Ramos

Presidente

 

                                                CUADRO GENERAL TARIFARIO ABRIL 2025
                                                                              SERVICIO ALTERNATIVO DE TRANSPORTE
                      VIAJES ESPECIALES  TARIFA NORMAL TARIFA NOCTURNA
MÍNIMO URBANO $1800 $1900
MAIMARÁ CENTRO-B° VILLAZÓN $1800 $1900
MAIMARÁ CENTRO-B° EL CRISTO $1800 $1900
MAIMARÁ CENTRO-B° SARMIENTO $1800 $1900
MAIMARÁ CENTRO-PUEBLO NUEVO $1800 $1900
MAMARÁ CENTRO-ACCESO SUR ARCO $1800 $1900
MAMARÁ CENTRO-B° GOEMES $1800 $1900
MAIMARÁ CENTRO-B° SAN MARTÍN $1800 $1900
MAIMARA CENTRO-POR EX RUTA 9 TASCA $2100 $2200
MAIMARÁ CENTRO-PASANDO EL PUENTE NUEVO $2100 $2200
MAIMARA CENTRO-BORDO LAS PERAS

 

$2100 $2200
MAIMARA CENTRO-Bº LA OBRERA $1800 $1900
MAIMARÁ CENTRO-Bº AMARAL $2100 $2200
MAIMARÁ CENTRO-B° EL MOLLAR $1800 $1900
MAIMARÁ CENTRO-MONOLITO $1800 $1900
MAMARÁ CENTRO-ESCUELA HORNILLOS $2000 $2100
MAMARA CENTRO-B° EL MOLLAR FINAL $3500 $3600
MAIMARÁ CENTRO-CANCHA OLIMPIA-CANCHA CHACARITA $2800 $2900
MAIMARÁ CENTRO-POSTA DE HORNILLOS‑INTA $3000 $3100
MAIMARA-CENTRO-B° EL SAUZAL $2800 $2900
MAIMARÁ CENTRO-QUEBRADA DE SAN VICENTE $3500 $3600
MAIMARÁ CENTRO-POR EX RUTA 9 MANZUR $4500 $4600
MAIMARÁ CENTRO-FINCA LA HERRADURA $3800 $3900
MAIMARÁ CENTRO-GALPONES DE MANZUR $4500 $4600
MAI MARÁ-SUMALAWA-SAN PEDRITO-SUMAJ PACHA DOMICILIO $5000 $5100
MAIMARÁ CENTRO-LA HOYADA $4500 $4600
MAIMARÁ CENTRO-CIENEGUILLAS GARITA $5500 $5600
MAIMARÁ CENTRO-CIENEGUILLAS ADENTRO $6000 $6100
MAIMARÁ CENTRO-BODEGAS DUPONT $6500 $6600
MA1MARA CENTRO-CIENEGUILLAS PUENTE LIMITE $6000 $6100

 

Pablo Martín Ramos

Presidente