BOLETIN OFICIAL Nº 47 – 23/04/2025

DECRETO Nº 2879-JG/2025.-

EXPTE. Nº 200-72/2025.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 MAR. 2025.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Créase la COORDINACIÓN DE ARTICULACIÓN DE GABINETE en la Jurisdicción “U”: Jefatura de Gabinete de Ministros, a partir del 19 de marzo de 2025.‑

ARTÍCULO 2°.- Las Misiones y Funciones de la COORDINACIÓN DE ARTICULACIÓN DE GABINETE, serán asignadas por norma reglamentaria interna.-

ARTICULO 3°.- Como consecuencia de lo dispuesto en los artículos precedentes modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, como se indica a continuación:

 

Jurisdicción: “U” JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

U. DE O.: U-10 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Escalafón- PERSONAL FUERA DE ESCALA

 

CREASE:

1 Cargo- COORDINADOR DE ARTICULACION DE GABINETE

 

TOTAL     1

 

ARTÍCULO 4°.- Incorporar el cargo de COORDINADOR DE ARTICULACIÓN DE GABINETE, creado en el Artículo precedente en la U. de O.: U-10 JEFATURA DE GABINETE dependiente de la JURISDICCIÓN “U” JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, conforme el ANEXO I que forma parte integrante del presente Decreto, manteniendo la vigencia de la estructura orgánica-funcional de las unidades de organización dependientes de dicha Jurisdicción, según lo previsto en el Decreto N° 16-JG-23 y sus modificatorias.

ARTICULO 5°.- Lo dispuesto en el presente Decreto, una vez realizadas las modificaciones pertinentes, se atenderá con la respectiva partida de Gastos en Personal prevista para la Jurisdicción : “U” JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, yen caso de resultar insuficiente autorizase a Contaduría de la Provincia a realizar las transferencias de créditos necesarias tomando fondos de la Partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a cargo del Tesoro 1-1-1-1-1-20 para refuerzo de Partidas de Personal y Reestructuraciones.‑

ARTICULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Jefe de Gabinete y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTICULO 7°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese en el Boletín Oficial. Pase a Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal para su conocimiento. Cumplido, vuelva a la Jefatura de Gabinete de Ministros a sus demás efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR