BOLETIN OFICIAL Nº 46 – 21/04/2025

El Dr/a. juez/a en Tribunal del Trabajo – Sala III – Vocalía 7, en el expediente C-213346/2022, caratulado: DESPIDO: TOLABA, GISELA GEORGINA C/ PGS SRL y otros”, notifica a PABLO GABRIEL SAYAGO, D.N.I. Nº22777240, a CLAUDIA SONIA GONZALEZ, DNI Nº 20.455.546 y PGS SRL, CUIT N° 30 – 71528645 – 5 las providencias que a continuación se transcriben: “San Salvador de Jujuy, 05 de Diciembre de 2022. Proveyendo el escrito Nº 488878, téngase por presentado el Dr. MANUEL ENRIQUE VIVAS, en nombre y representación de la Sra. GISELA GEORGINA TOLABA, por constituido domicilio legal y por parte, a mérito de la carta poder que se adjunta. De la demanda interpuesta, córrase traslado a los accionados PGS S.R.L., el Sr. PABLO GABRIEL SAYAGO y la Sra. CLAUDIA SONIA GONZALEZ, en los domicilios denunciados, para que la contesten dentro del plazo de QUINCE (15) DÍAS, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho, si así no lo hicieren. (Art. 51 del C.P.T.) En idéntico plazo que el precedentemente fijado, las partes demandadas deberán fijar domicilio legal, dentro del radio asiento de éste Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles las posteriores resoluciones, cualquiera fuere su naturaleza, por Ministerio de Ley. (Art. 22 del C.P.T. y 52 del C.P.C.). Dése intervención al Ministerio Público del Trabajo. Notificaciones en Secretaría: martes y jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado. Intimase al Dr. MANUEL ENRIQUE VIVAS, para que en el término de CINCO (5) DÍAS cumpla con el pago de estampillas profesional y previsional, bajo apercibimiento de aplicarle una multa de PESOS TRES MIL ($500) a favor de la Biblioteca del Poder Judicial, por cada día de mora desde la notificación del presente proveído hasta dar cumplimiento con la manda judicial. Notifíquese por cédula. Fdo.: Dra. María Cecilia Rodríguez, Jueza; Ante mí: Dra. María Fernanda Sierra, Secretaria.”… y… “San Salvador de Jujuy, 25 de marzo de 2025. Proveyendo el escrito Nº 1652449 téngase por presentado en termino el recurso de revocatoria en contra de la providencia de fecha 13/03/25 conforme lo previsto en el Art. 231 del C.P.C.C. Asistiéndole razón a lo manifestado por el Dr. Manuel Enrique Vivas, revóquese por contrario imperio la providencia de fecha 13/03/25 y como se pide notifíquese mediante edictos en un diario local y en el Boletín Oficial por un día a PABLO GABRIEL SAYAGO, D.N.I. Nº 22777240, a CLAUDIA SONIA GONZALEZ, DNI Nº 20.455.546 y PGS SRL, CUIT N° 30-71528645-5. Hágase saber al letrado que quedara a su cargo la confección del mismo, debiendo presentar la diligencia colaborativa para control y firma. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. Maria Cecilia Rodriguez – Jueza – Ante Mi, Proc. María Emilia Jure – Prosecretaria”.-

 

21 ABR. LIQ. Nº 39341 $1.600,00.-