BOLETIN OFICIAL Nº 45 – 16/04/2025

DECRETO Nº 2897-DH/2025.-

EXPTE. Nº 767-009/2025.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 MAR. 2025.-

VISTO:

La solicitud de autorización al llamado a Licitación Pública N° 01/25 para la adquisición de 175.000 módulos Alimentarios, hasta cubrir la suma total de Pesos Tres Mil Seiscientos Millones ($3.600.000.000,00), efectuado por el Ministerio de Desarrollo Humano, y;

CONSIDERANDO:

Que, la adquisición de los 175.000 módulos Alimentarios solicitados por la Secretaría de Asistencia Directa será destinada a los beneficiarios del Plan Social Nutricional Provincial PLA.SO.NU.P. – “Programa Comer en Casa” y toda persona en situación de vulnerabilidad socio- económica que solicite asistencia alimentaria en dicho Ministerio;

Que, obran Especificaciones Técnicas y Pedido de Provisión de los productos que componen el módulo alimentario, estableciendo que cada módulo estará compuestos por diez (10) productos;

Que, se agregan Pliego de Bases y Condiciones, Anexos I – Cláusulas Particulares, Anexo II – Pedido de Provisión, Anexo III – Especificaciones Técnicas, por los cuales se regirá el presente proceso licitatorio,

Que, obran informes de competencia de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia;

Que, obra dictamen legal compartido por el Sr. Director Provincial de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado;

Por ello, en uso de facultades propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Desarrollo Humano a efectuar el llamado a la Licitación Pública N° 01/25 para la adquisición de 175.000 módulos Alimentarios, hasta cubrir la suma total de Pesos Tres Mil Seiscientos Millones ($3.600.000.000,00), quedando expresamente facultado el mencionado organismo para confeccionar y aprobar pliegos previo dictamen de Fiscalía de Estado, evaluar técnica y económicamente las propuestas, continuar, adjudicar, aprobar y culminar el procedimiento licitatorio, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones del Decreto Acuerdo Nº 3.716-H-78, Decreto Ley N° 159-HG-57, Leyes N° 4785; 4958, disposiciones legales vigentes en materia de ejecución, adjudicación y rendición de cuentas.-

 

ARTICULO 2º.- El gasto que demande lo dispuesto en el Artículo 1º, se imputará a la Partida Presupuestaria prevista en la Jurisdicción S Ministerio de Desarrollo Humano, del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos- Ejercicio 2025, Ley 6440:

 

EJERCICIO 2025

 

Jurisdicción            S              Ministerio de Desarrollo Humano

U. de O. 8B Dirección Provincial de PLASONUP

Finalidad                 4              Bienestar Social

Función                   3              Asistencia Social

Sección                   1              Erogaciones Corrientes

Sector                      3              Transferencia

Part. Principal          4              Transferencia para financiar Erogaciones Corrientes

Part. Parcial             5              Aporte Actividades No Lucrativas

Part Sub, Parcial       735          Programa Comer en Casa

 

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial en forma íntegra. Siga a Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Pase sucesivamente a Dirección Provincial de Presupuesto ya Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Desarrollo Humano, a sus efectos –

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR