BOLETIN OFICIAL Nº 45 – 16/04/2025
DECRETO Nº 2744-HF/2025.-
EXPTE. Nº 500-27/2025.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 FEB. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Fíjense, a partir del 1º de febrero de 2025, como único importe para el pago de la Asignación Familiar Por Hijo y Asignación por Escolaridad, los montos que se detallan a continuación:
- Asignación Familiar Por Hijo: pesos veintiún mil quinientos veinticinco ($21.525).
- Asignación Familiar Por Hijo con capacidades diferentes: pesos ochenta y seis mil quinientos dos ($ 86.502).
- Asignación por Escolaridad Hijo: pesos un mil cuatrocientos veinte con 65/100 ($ 1.420,65).
- Asignación por Escolaridad – Hijo con capacidades diferentes: pesos dos mil ochocientos cuarenta y uno con 30/100 ($ 2.841,30).
ARTICULO 2º.- La erogación establecida en el presente ordenamiento se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-
ARTICULO 3º.- Encomiéndense a la Dirección Provincial de Personal las gestiones que en la materia que resulte de su competencia- fueran menester realizar ante los organismos provinciales y nacionales, para el cumplimiento de lo dispuesto en este acto.-
ARTICULO 4º.- Invitese a los Municipios a adherir a las disposiciones del presente Decreto.-
ARTICULO 5º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Contaduría de la Provincia y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR